Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Gutnoya Sl

El 08-07-2013, Gutnoya Sl, en PUEBLONUEVO DEL GUADIANA (Badajoz) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de BADAJOZ. El número de insolvencia de esta empresa es B06223549. La actividad (principal) de Gutnoya Sl es construcción de edificios.
Se ha abierto la sección 6.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Gutnoya Sl
Localidad:
PUEBLONUEVO DEL GUADIANA
Provincia:
Badajoz
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B06223549
Número de insolvencia:
B06223549
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
RD :
PONIENTE 33
06184 PUEBLONUEVO DEL GUADIANA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
17-12-2016
A160090913
 

Edicto

Doña Lucia Peces Gómez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia:

Que en el Sección I Declaración Concurso 78/2013 seguido en este órgano judicial, a instancia de la Procuradora Sra. Guadalupe López Sosa, en nombre de Promogar Almendralejo, S.L., Edificaciones Márquez Caro, S.L., y María Soledad Márquez Cansado, contra GUTNOYA, S.L., con C.I.F. B-06223549, se ha dictado Auto n.º 273/2016, de fecha 12 de diciembre de 2016, cuyo fallo es del contenido literal siguiente:

1.- Declarar la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, de GUTNOYA, S.L., instado en su día por la Procuradora de los tribunales Sra. Guadalupe López Sosa, en nombre de PROMOGAR ALMENDRALEJO, S.L., EDIFICACIONES MARQUEZ CARO, S.L., y MARÍA SOLEDAD MÁRQUEZ CANSADO.

2.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.

3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.

4.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.

5.- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por D. Ismael Soto Teodoro.

Badajoz, 13 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

15-10-2014
A140050311
 
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz,

Anuncia: Que el Concurso Abreviado Necesario n.º 78/13, referente a la concursada Gutnoya, S.L., con CIF n.º B-06223549, por auto de fecha 30 de septiembre de 2014 se ha acordado lo siguiente:

1.- Aprobar el plan de liquidación presentado por la administración concursal.

2.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

3.- Cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, dentro de los diez días siguientes a la presente publicación en el BOE.

Badajoz, 30 de septiembre de 2014.- La Secretaria judicial.

17-06-2014
A140031426
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz,

Anuncia:

Que en el Sección I Declaración Concurso 78/2013, referente a la concursada Gutnoya, S.L., con CIF n.º: B-06223549, por auto de fecha 6 de junio de 2014, se ha acordado lo siguiente:

1.º Abrir de oficio la fase de liquidación del concurso.

2.º Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.º Se ha declarado disuelta la sociedad Gutnoya, S.L., cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal.

Badajoz, 6 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

21-10-2013
A130056726
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

D/D.ª Lucía Peces Gómez, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil N. 1 de Badajoz, anuncia:

1.- Que en el Sección I Declaración Concurso 0000078/2013, referente al deudor Entidad Mercantil Gutnoya, S.L., con CIF n.º B06223549, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el B.O.E. y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).

Badajoz, 8 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

22-07-2013
A130042037
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

D.ª Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración concurso 0000078 /2013, se ha dictado en fecha 8 de julio de 2013 Auto de declaración de concurso abreviado necesario del deudor "Gutnoya, S.L.", con CIF B06223549, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Ronda Poniente, n.º 33, de Pueblonuevo del Guadiana (Badajoz).

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que el deudor tiene sobre su patrimonio. Se ha designado como Administración concursal al letrado don Ismael Soto Teodoro, con domicilio postal en c/ Vicente Delgado Algaba, n.º 100, CP 06010 de Badajoz, y dirección electrónica señalada gutnoya@ismaelsoto.com señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, no se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de créditos tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Badajoz, 8 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos