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Concurso de acreedores Geriatrica Navasol Sl

El 09-10-2015, Geriatrica Navasol Sl, en NAVALCARNERO (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B81100463. La actividad (principal) de Geriatrica Navasol Sl es asistencia en establecimientos residenciales.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Geriatrica Navasol Sl
Localidad:
NAVALCARNERO
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B81100463
Número de insolvencia:
B81100463
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DE LA RONDA DE SAN JUAN 11
28600 NAVALCARNERO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
12-11-2015
A150047547
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la LC, anuncia:

1.º Que en el procedimiento nº 541/2015 por auto de fecha 9/10/2015. se ha declarado en concurso Voluntario Abreviado al deudor Geriátrica Navasol, S.L., con CIF n.º B-81100463.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación.

Lugar para tal comunicación: A) Por presentación o remisión a la dirección de la Administración Concursal designada: ABC ECONOMISTAS Y ABOGADOS CONCURSALISTAS, S.L.P.; D. Mario Moya de la Rubia, C/ Diego de León, n.º 47- 28009 Madrid; teléfono: 91 838 85 93; fax: 95 222 30 10.

B) También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

Dirección de correo electrónico: concursonavasol@gmail.com

Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Madrid, 29 de octubre de 2015.- Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
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