Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Promo-Molivent S.L.

El 27-03-2013, Promo-Molivent S.L., en GUARDAMAR DEL SEGURA (Alicante) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B54117114. La actividad (principal) de Promo-Molivent S.L. es actividades inmobiliarias.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Promo-Molivent S.L.
Localidad:
GUARDAMAR DEL SEGURA
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B54117114
Número de insolvencia:
B54117114
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
MAYOR 5
03140 GUARDAMAR DEL SEGURA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
06-08-2013
A130044054
 
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente, hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 000580/2012, siendo la concursada Promo Molivent, S.A. con CIF n.º B-54117114 y N.I.G. 03065-66-2-2012-0000694, en el que se ha dictado auto de fecha 15/07/13, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:

1.º Se declara concluso el concurso de acreedores de Promo Molivent, S.A. el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

2.º Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas. Cesa el administrador concursal en su cargo.

3.º Se decreta la extinción de la sociedad. Líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la provincia, entregándose al Procurador del deudor, así como testimonio de la presente resolución firme a fin del cierre de la hoja de inscripción de la sociedad.

A fin de dar cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal incorpórese a dicho mandamiento dirigido al Registro Mercantil de la Provincia de Alicante relación de fincas, vehículos y demás bienes y derechos inscritos en registros públicos con su completa identificación registral, y ello a los efectos prevenidos en el artículo 323.2 y 3 del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil en cuanto a la remisión de la oportuna certificación al Registro de la Propiedad, al Registro de Bienes Muebles o a cualquier otro registro público de bienes competente, remisión que habrá de ser telemática y estará autorizada con la firma electrónica del Registrador Mercantil o, si no fuera posible, se realizará mediante correo certificado urgente, con acuse de recibo, la cual será título bastante para practicar los correspondientes asientos.

4.º Cabe la posibilidad de reapertura del concurso si aparecen bienes o derechos dentro del plazo de cinco años, ante este Juzgado, en el mismo procedimiento, y al solo objeto de la liquidación concursal.

5.º Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.

6.º Anúnciense por edictos en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y en el tablón de anuncios del Juzgado, y comuníquese a los Juzgados a los que se haya notificado la declaración de concurso, entregándose los respectivos oficios al Procurador del deudor.

7.º Se aprueba la rendición de cuentas formulada conforme al art. 181 LC.

Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente.

Elche, 18 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.

15-06-2013
A130034258
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

D. Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado núm. 000580/2012, siendo la concursada Promo Molivent, S.A., en el que se ha presentado por la Administración Concursal el Informe preceptuado en el artículo 74 L.C., y se ha dictado Providencia de fecha 03/06/2013, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:

1.- Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación de la presente resolución, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa.

2.- Para los demás interesados el plazo de diez días se computará desde la publicación del edicto en el BOE.

3.- La impugnación habrá de formularse mediante escrito presentado en Decanato como tal que habrá de adoptar forma de demanda (art. 399 LEC, proponiendo si es de su interés la prueba que estime necesaria); dicho escrito de impugnación deberá verificar el traslado previo establecido en el artículo 276 LEC, con la preceptiva asistencia de Letrado y representación por Procurador (art. 184.3 de la LC).

Elche, 3 de junio de 2013.- Secretario Judicial.

20-04-2013
A130017457
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado num. 000580/2012, N.I.G. 03065-66-2-2012-0000694, habiéndose dictado con fecha 27/03/2013 por el Ilmo/a. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso abreviado necesario de acreedores de Promo Molivent, S.A., con domicilio en calle Mayor, 5, Guardamar del Segura-Alicante CIF n.º B-54117114, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 3048, Libro 0, folio 208, Hoja A-98874, Inscripción 1, sin representación en autos.

Facultades del concursado: Suspendido.

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado don Guillermo Anaya Iniesta, colegiado del Ilustre Colegio de Economistas de Alicante con domicilio postal: Calle Cristóbal Sanz, 5, entlo. dcha. Elche y dirección de correo electrónica: g.anaya.concursal@gmail.com, para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente BOE.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la última de las publicaciones a que se refiere el artículo 23 LC puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85.

Elche, 4 de abril de 2013.- Secretario Judicial.

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