D. José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia, de Xdo. do Mercantil n.º 2 de Pontevedra,
Anuncia:
Que en el Sección I declaración Concurso 387/2019, referente al concursado ALFER METAL, S.L., por auto de fecha 5 de marzo de 2020, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de Administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la mercantil ALFER METAL, S.L. con CIF B-36192870, con domicilio social en Polígono Industrial de Mirallos Parcela 1.ª de Moraña-Pontevedra, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Tomo 1.324, Folio 134, Hoja PO-9723, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Pontevedra, 5 de marzo de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutierrez Martín.
Don José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Xulgado do Mercantil nº 2 de Pontevedra, por el presente,
Hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I declaracion Concurso 387/2019 y NIG nº 36038 47 1 2019 0000727 se ha dictado en fecha 19 de diciembre de 2019 Auto de declaración de concurso necesario del deudor ALFER METAL, S.L., con CIF B-36192870, con domicilio social en Polígono Industrial de Mirallos Parcela 1ª de Moraña-Pontevedra, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Tomo 1.324, Folio 134, Hoja PO-9723.
2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a don Rubén López Paz, NIF 36057664-N, con domicilio profesional en calle Colón nº 29 piso 4º derecha (Vigo). Fax 986-227361 y teléfono 986-441560, correo electrónico: rubenlopez@economistas.org para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la dirección electrónica del Registro Público Concursal.
Pontevedra, 16 de enero de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martín.