Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria-Gasteiz, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 438/2012 referente al concursado Productos Lázaro, S.A. con CIF número A01017557, por auto de fecha 19/09/2013, se ha acordado lo siguiente:
Aprobar el Plan de Liquidación presentado por la administración concursal con las modificaciones puntualizaciones que se indican en el auto que lo aprueba.
La administración concursal deberá presentar los informes del artículo 152 de la LC.
Procédase a la formación de la sección sexta de calificación del concurso que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso (artículo167.1 de la LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Vitoria-Gasteiz, 19 de septiembre de 2013.- La Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria-Gasteiz, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 438/2012 referente al concursado Productos Lázaro, S.A. con CIF número A01017557, por auto de fecha 19/04/2013 se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2. Acordarla suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la concursada, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la be administración concursal
Vitoria-Gasteiz, 19 de abril de 2013.- La Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria-Gasteiz
1. Que en el procedimiento concursal número 438/2012 referente al deudor PRODUCTOS LÁZARO, S.A., con NIF A01017557, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo 1 del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.
4. El deudor no ha presentado propuesta de convenio.
Vitoria-Gasteiz, 18 de diciembre de 2012.- El/La Secretario Judicial.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria-Gasteiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.° Que en el procedimiento número 438/12, por auto de 5/10/2012 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Productos Lázaro, S.A., con NIF A-01017557, con domicilio en calle Ctra Logroño-Oión, n.º 30, 01320 Oyon y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Oyon (Álava) avenida de Navarra, s/n.
2.° Que se ha nombrado Administrador concursal a don Agustín Castro Alonso, con DNI n.º 16.514.840-N. legal representante de Castro Alonso Asesores S.L.U., NIF B-83311340, domicilio en calle Pedro Asua, n.º 69-73, y dirección de correo electrónico agustin@viaconcursal.com Vitoria-Gasteiz Profesión: Economista.
2.° Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.
3.° Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".
4.° Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Vitoria-Gasteiz, 11 de octubre de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.