Edicto
D/DÑA. JORGE CUÉLLAR OTÓN, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente, hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000540/2011 siendo la concursada ESTRUCARMA, S.L. con CIF n.º B-53318473 y N.I.G. 03065-66-2-2011-0000622, en el que se ha dictado auto de fecha 03-09-2015, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:
1.º Se declara concluso el concurso de acreedores de ESTRUCARMA, S.L. el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.
2.º Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas. Cesa el administrador concursal en su cargo.
3.º Se acuerda la extinción de ESTRUCARMA, S.L., decretándose la cancelación de sus hojas registrales de inscripción.
4.º Se aprueba la rendición de cuentas formulada conforme al art. 181 LC.
Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente.
Elche, 8 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.
Edicto.
D. Jorge Cuéllar Otón, Secretario judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Alicante, sede en Elx, anuncia:
Que en el CONCURSO ABREVIADO - 000540/2011, referente al concursado ESTRUCARMA, S.L., CIF n.º B-53318473. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, por auto de fecha 17.04.12, se ha acordado lo siguiente:
1. Poner fin a la fase común y abrir la fase de liquidación.
2. Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.
3. Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
5. Procédase a la formación de la Sección Quinta, de liquidación del concurso, con testimonio de la presente.
Elche, 18 de abril de 2012.- Secretario Judicial.
Edicto.
D. Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante, con sede en Elche,
Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado núm. 000540/2011, siendo la concursada ESTRUCARMA, S.L., en el que se ha presentado por la Administración Concursal el Informe preceptuado en el artículo 74 LC, y se ha dictado Providencia de fecha 30.01.2012, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:
Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa.
Para los demás interesados el plazo de diez días se computará desde la publicación del edicto en el BOE.
La impugnación se sustanciará por los trámites del incidente concursal (art. 194 y siguientes), debiendo formularse demanda en la forma exigida en el art. 399 de la LEC, con la preceptiva asistencia de Letrado y representación por Procurador (art. 184.3 de la LC).
Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente.
Elche, 30 de enero de 2012.- Secretario Judicial.
Edicto.
D. Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante, con sede en Elche,
Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado num. 000540/2011 habiéndose dictado con fecha 09/11/11 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez, auto de declaración de concurso abreviado voluntario de acreedores de ESTRUCARMA, S.L., con domicilio en Avenida Alamos, n.º 15, polig. indal. Los Barrios, Rojales (Alicante), CIF n.º B-53318473. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 2.181, libro 0, folio 121, sección 8.ª, hoja A-50.969 1.ª, representada por el procurador D.ª Sonia María Budi Bellod.
Facultades del concursado: Intervenido.
Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en la forma prevista en el Art. 85 de la Ley Concursal en el plazo de QUINCE DIAS, a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E.; debiendo aportar original o copia autenticada de los títulos que justifiquen su crédito así como copia de todo ello para constancia en autos.
Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.
Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso confome al artículo 23 LC.
Elche, 10 de noviembre de 2011.- Secretario Judicial.