Edicto
Don Jorge Cuéllar Oton, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en Elx,
Anuncia
Que en el concurso abreviado - 000337/2010, referente al concursado Golden Sky, S.L., CIF n.º B-73157695, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante tomo 1833, folio 198, hojas MU-39.329, inscripción 1.ª, por auto de fecha 26.09.11, se ha acordado lo siguiente:
1.-Poner fin a la fase común y abrir de oficio la fase de liquidación del concurso.
2.-Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.-Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.
4.-La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Elche, 27 de septiembre de 2011.- Secretario judicial.
Edicto
Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche,
Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado núm. 000337/2010 habiéndose dictado con fecha 13 de septiembre de 2010 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso Abreviado Voluntario de acreedores de "Golden Sky, S.L.", con domicilio en C/ Pedro Lorca, n.º 29. bajo, de Torrevieja (Alicante), CIF n.º B-73157695, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 1833, folio 198, hojas número MU-39.329, insc. 1ª, representada por el procurador don Francisco García Mora.
Facultades:
Se decreta la Intervención de las facultades de la administración de la mercantil concursada.
Forma de personación:
Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores:
Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en la forma prevista en el Art. 85 de la Ley Concursal en el plazo de quince días, a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E.
Examen de autos:
Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de quince días desde la última de las publicaciones a que se refiere el artículo 23 LC puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85, debiendo aportar original o copia autenticada de los títulos que justifiquen su crédito así como copia de todo ello para constancia en autos.
Elche (Alicante), 23 de septiembre de 2010.- El Secretario Judicial.