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Concurso de acreedores Formafil Sl

El 07-11-2016, Formafil Sl, en TEIA CENTRE (Barcelona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es B58588864. La actividad (principal) de Formafil Sl es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Formafil Sl
Localidad:
TEIA CENTRE
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B58588864
Número de insolvencia:
B58588864
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SUD (POL IND BUVISA) 9
08329 TEIA CENTRE
Mostrar en tarjeta
-
CL :
INDUSTRIA 340
08912 BADALONA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
15-12-2016
A160087334
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil 1 Barcelona,

Hace saber:

Que en los autos con N.I.G. 08019- 47- 1- 2016- 8007098 y n.º 716/2016H, se ha declarado el concurso voluntario de fecha 7/11/16, de Formafil, con C.I.F n.º B-58588864, y domicilio en Polígono industrial Buvisa 9, Calle Sud 08329 Teia, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El Administrador concursal es Figueras Advocats S.L.P (José Figueras Comas), con domicilio en Avenida Diagonal 618, planta 5ª f. Barcelona y correo electrónico concursoformafil@figuerasadvocats.com

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en Avenida Diagonal 618, planta 5.ª f. Barcelona, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificiación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 15 de noviembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
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