Don EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,
Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 166/2016, seguido a instancias de la Procuradora Dña. MARÍA SOLEDAD GRANDA CALDERÍN, en nombre y representación de REFORMAS REFORCAN GRAN CANARIA, S.L., se ha dictado Auto el día 13 de julio de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
Se declara el concurso de REFORMAS REFORCAN GRAN CANARIA, S.L. con CIF n.º B76125095, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.
A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.
Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
Se designa como Administradora del concurso a doña SILVIA SÁNCHEZ TOLEDO, abogada, la cual ha designado como domicilio postal el de avenida Rafael Cabrera, n.º 5, portal 5 (trasera Edificio Oceana), CP 35002 de Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 928382550 y fax 928383133, así como Dirección electrónica reforcanconcursal@sanchezmarichal.com
En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.
Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.
Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.
Las Palmas de Gran Canaria, 1 de septiembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.