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Concurso de acreedores D&J Works Reforms Sl.

El 09-02-2016, D&J Works Reforms Sl., en JUMILLA (Murcia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MURCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B30314140. La actividad (principal) de D&J Works Reforms Sl. es servicios de comidas y bebidas.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
D&J Works Reforms Sl.
Localidad:
JUMILLA
Provincia:
Murcia
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B30314140
Número de insolvencia:
B30314140
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
DE LA LIBERTAD, 11 - 3 2 C 0
30520 JUMILLA
Mostrar en tarjeta
-
CL :
CARTAGENA 7
30520 JUMILLA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
07-03-2016
A160006556
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

EDICTO

D.ª María López Márquez, Letrado de la Administración de Justicia del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº sección I declaración concurso 0000575 /2015 y NIG nº 30030 47 1 2015 0001262 se ha dictado en fecha 9/02/2016 auto de declaración de concurso voluntario del deudor D&J WORKS REFORMS, S.L., con CIF B-30314140, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avenida de la Libertad, nº 11, escalera 3ª, planta 2ª, puerta C de Jumilla (Murcia).

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como Administración concursal a ACOSTA Y PEDRERO CONSULTORES, S.L.P., con CIF B-30667216, con domicilio profesional en Calle Carmen, nº36, 1º piso, Cartagena, 30201, telefono 968 52 45 50, correo electrónico ac@fcgroup.es, que ha designado al amparo de lo establecido en el artículo 30 de la Ley concursal a don JOSÉ LUIS PEDRERO GARCÍA, con DNI 22.942.760-F para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- En lo sucesivo las resoluciones que conforme a la Ley concursal deban publicarse se harán en la siguiente página web oficinajudicialmurcia.es

Murcia, 12 de febrero de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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