Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Gpv Aedificare S.L.

El 03-03-2021, Gpv Aedificare S.L., en MERIDA (Badajoz) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BADAJOZ. Como síndico se ha designado RAMAJO CONSULTORIA GLOBAL SLP.. El número de insolvencia de esta empresa es B10362531. La actividad (principal) de Gpv Aedificare S.L. es actividades de construcción especializada.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Gpv Aedificare S.L.
Localidad:
MERIDA
Provincia:
Badajoz
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B10362531
Número de insolvencia:
B10362531
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
VALENCIA (POL IND EL PRADO) 14
06800 MERIDA
Mostrar en tarjeta
-
CL :
EUGENIO GARCIA SANDOVAL, 4 - PTL 3. PISO 2 B 0
06800 MERIDA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
11-03-2021
A210014539
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

D.ª LUCÍA PECES GÓMEZ, Letrada de la Administración de Justicia de Jdo. de lo Mercantil N.º 1 de Badajoz,

Por el presente, hago saber:

1.º.- Que en Sección I Declaración Concurso 44/2021, con N.I.G. 06015 47 1 2021 0000046, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 03/Marzo/2021 Auto de Declaración de Concurso Abreviado Voluntario de GPV AEDIFICARE, S.L., con CIF B10362531, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Mérida, Pol. Ind. el Prado C/Valencia 14,2.º Drcha.

2.º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercía el deudor. Se nombrado como Administrador Concursal El Letrado D. LUIS DAVID RAMAJO DÍAZ, con NIF 72480083E en calidad de representación de la sociedad Ramajo Consultoria Global, SLP con CIF B87071395, con domicilio profesional en C/Orense,6-Planta 15,A3, de MADRID de correo electrónico concursogpv@gmail.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deberán dirigirse directamente a la Administración Concursal. En caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito dirigido para tal fin.

3.º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 del TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

4.º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 512.1 y 2 TRLC).

5.º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.

Badajoz, 3 de marzo de 2021.- La letrada de la Administración de Justicia, Lucía Peces Gómez.

Síndico / administrador
Síndico:
RAMAJO CONSULTORIA GLOBAL SLP.
Dirección física:
- ()
Dirección postal:
-
Teléfono:
-
Número de fax:
-
E-mail:
-
Sitio web:
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Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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