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Concurso de acreedores 5 Laborar 5 Sll.

El 11-11-2014, 5 Laborar 5 Sll., en ORDES (La Coruña) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LA CORUÑA. El número de insolvencia de esta empresa es B70331681. La actividad (principal) de 5 Laborar 5 Sll. es confección de prendas de vestir.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
5 Laborar 5 Sll.
Localidad:
ORDES
Provincia:
La Coruña
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B70331681
Número de insolvencia:
B70331681
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
PARAISO 0
15680 ORDES
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
31-10-2016
A160075777
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia que:

En los autos de Concurso Abreviado seguido contra "5 LABORAR 5, S.L.L." se ha dictado en fecha 30 de mayo de 2016 el auto de conclusión y archivo cuyo contenido extractado de la parte dispositiva es del tenor que sigue:

"Dispongo: La conclusión y archivo del proceso concursal voluntario n.º 480/2014-L de la deudora "5 LABORAR 5, S.L.L.", domiciliada en Ordes (A Coruña), C/ Paraíso, s/n, CIF B-70331681, e inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña al tomo 3451 del Archivo, Sección general, folio 175, hoja C-48.735, por insuficiencia de masa activa.

Acuerdo igualmente la extinción de la personalidad jurídica de la deudora y el cierre de su hoja registrar en el Registro Mercantil de A Coruña, para lo que se librará mandamiento con testimonio de este auto.

Apruebo la rendición de cuentas presentada por la administración concursal que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.

Notifíquese el auto a las partes personadas y publíquese en la parte necesaria en el BOE, extractando en la medida necesaria el contenido del auto y solicitando la inserción gratuita del anuncio conforme a lo actualmente previsto en el artículo 23 de la LC. Publíquese igualmente en el Registro Público Concursal regulado por el RD 892/2013, de 15 de noviembre y particípese la conclusión a los mismos Juzgados a los que se comunicó la declaración de concurso.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma Marcos A. López Suárez, Juez sustituto en funciones de refuerzo del Juzgado de lo Mercantil n.º uno de A Coruña; doy fe."

Y para que sirva de notificación a todos los interesados, se expide el presente

A Coruña, 30 de mayo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

22-12-2014
A140061371
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

D. Fernando Santiso Vázquez, Secretario Judicial de Xdo. do Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente

Hago saber: Que en este Xdo. do Mercantil núm. 1 se tramita Sección I Declaración Concurso 480/2014-L, instado por el Procurador Eva María Fernández Diéguez, en nombre y representación de 5 LABORAR 5, S.L.L., NIG 15030 47 1 2014 0000975, se ha dictado en fecha 11 de noviembre de 2014 Auto de Declaración de Concurso y voluntario abreviado del deudor y Providencia de fecha 17 de noviembre de 5 LABORAR 5, S.L.L., con CIF B-70331681, cuyos cuyos datos registrales son los que constan en el Auto. Dicha resolución es ejecutiva a efectos registrales (art. 21 de la Ley Concursal).

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la deudora. Se ha designado, como administración concursal a Santiago benito Alonso de la Peña con domicilio postal en Plaza de Cervantes, número 10-1.º, de Santiago de Compostela, y dirección electrónica señalada: Santiago@despacho-abogados.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

A Coruña, 27 de noviembre de 2014.- El Secretario judicial.

Informes
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