María José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona, dicto el presente edicto:
Juzgado.- Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, edificio C, planta 13, de Barcelona.
Número de asunto.- Concurso voluntario núm. 281/2013-B.
Tipo de concurso.- Concurso voluntario abreviado.
Entidad instante del concurso y NIF.- Habitatges Romi, S.L. CIF B-63908743.
Fecha del auto de declaracion y conclusión.- 21 de mayo de 2013.
Barcelona, 21 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.
DECLARAR EN ESTADO DE CONCURSO VOLUNTARIO a HABITATGES ROMI S.L. con domicilio C. Fondalada de la Seguera 5 Sant Miquel d'Olèrdola (Barcelona) CIF n° B63908743 inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al tomo 37740, folio 50, hoja B-310547, inscripción 1ª y la CONCLUSIÓN DEL CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA. Acuerdo la extinción de la mercantil HABITATGES ROMI S.L. y la cancelación de su inscripción en los registros públicos que correspondan. Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el Artículo 23 de la Ley Concursal en el Boletín Oficial del Estado, en los estrados de este Juzgado y en la web concursal. Comuníquese al Juzgado Decano de Barcelona. Igualmente se ordena la inscripción de la declaración y conclusión de concurso en el Registro Mercantil, expidiendo el correspondiente mandamiento, con indicación posterior de su firmeza, cuando se produzca. Se comunica al Registrador Mercantil que deberá proceder a la anotación preventiva de la solicitud y conclusión de concurso en el Registro Mercantil Central y en los Registros de la Propiedad en los cuales consten inscritos bienes inmuebles propiedad de la concursada, así como en cualesquiera otros Registros públicos en los que la concursada tenga anotados bienes de su propiedad. Todo lo anterior en cumplimiento del Artículo 323 del Reglamento del Registro Mercantil. Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos acordados expedir para que cuide de su curso y gestión, concediéndosele un plazo de DIEZ DÍAS para que acredite la publicación de los edictos. Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley Concursal, la Sección Primera del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor. Notifíquese esta resolución al deudor. Así lo acuerda, manda y firma DON JUAN MANUEL DE CASTRO ARAGONES, Magistrado del Juzgado de Mercantil número 10 de Barcelona, haciendo saber que contra este auto cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado y para la Ilustrísima Audiencia Provincial de Barcelona, plazo que se computará para los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE.