Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Concursal (LC),
Anuncia
1.º-Que en el procedimiento concursal número 453/2014, referente al deudor CAMPAYO Y SÁNCHEZ, S.L., con CIF número B23308919 y con domicilio en carretera Córdoba-Valencia, S/N, Puente de Génave (Jaén), por Auto firme de fecha 23 de septiembre de 2014, se ha declarado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones.
2.º-Se aprueban las cuentas presentadas por la Administración concursal.
3.º-Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
4.º-Se acuerda la extinción de la sociedad CAMPAYO Y SÁNCHEZ, S.L.
Jaén, 23 de septiembre de 2014.- Secretario judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 453/2014, con NIG: 2305042M20140000383, por Auto de 28 de mayo de 2014, se ha declarado en concurso voluntario al deudor CAMPAYO Y SÁNCHEZ, S.L., con C.I.F. número B-23308919, y con domicilio en CR. CÓRDOBA-VALENCIA, S/N, PUENTE DE GÉNAVE, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicha dirección.
2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido doña JOSEFA LOMBARDO RODRÍGUEZ, con D.N.I. 26004926-E, y con domicilio postal en C/ Castilla, número 4, 3.º A, de Jaén, y dirección electrónica jlombardo@gygabogados.com
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).
Jaén, 9 de junio de 2014.- Secretario Judicial.