Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Panificadora La Ascension S.Coop.

El 07-05-2013, Panificadora La Ascension S.Coop., en MIERES (Asturias) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de OVIEDO. El número de insolvencia de esta empresa es F33069238. La actividad (principal) de Panificadora La Ascension S.Coop. es industria de la alimentación.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Panificadora La Ascension S.Coop.
Localidad:
MIERES
Provincia:
Asturias
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
F33069238
Número de insolvencia:
F33069238
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
DE SAMA 37
33600 MIERES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
10-03-2015
A150008740
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Doña M.ª AMOR RODRÍGUEZ DÍAZ, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal n.º 0000047/13, NIG 33044 47 1 2013 0000099, relativo al deudor PANIFICADORA LA ASCENSIÓN, S.C.L., con CIF F33069238, en el cual, con fecha 4 de febrero de 2015, se ha dictado Auto declarando la conclusión del concurso.

En la misma resolución se acuerda:

- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes.

- La extinción de la persona jurídica concursada, disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Cooperativas del Principado de Asturias.

La conclusión del concurso no obstará a la reapertura del concurso, que será declarada por este mismo Juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado.

Oviedo, 4 de febrero de 2015.- La Secretaria judicial.

24-04-2014
A140018655
 
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto.

Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 47/13 (N. I. G. 33044 47 1 2013 0000099) relativo al deudor PANIFICADORA LA ASCENSION S. C. L., con CIF n.º F-33069238, en el cual, con fecha 17 de marzo de 2014, se dictó Auto acordando formar la sección sexta, estableciendo que desde la última publicación del referido auto, el cual se ordena publicar mediante edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, tendrá un plazo de diez días para personarse y ser parte en la mencionada sección sexta.

Oviedo, 17 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.

16-09-2013
A130050287
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

EDICTO

Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo,

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento concursal n.º 47/13 (NIG 33044 47 1 2013 0000099) relativo al deudor Panificadora La Ascensión, S.C.L., con CIF n.º F33069238, en el cual, con fecha 23 de julio de 2013 se ha dictado providencia anunciando la presentación, por parte de la Administración concursal, del informe a que se refieren los artículos 74 y 75 de la Ley Concursal. Se acuerda igualmente en dicha resolución que los interesados podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos como la lista de acreedores en aquello que estimen que les es perjudicial. A efectos de impugnación del inventario de bienes y derechos, en caso de existir discrepancias entre el presentado al amparo del artículo 191.1 de la LC y el que eventualmente pueda acompañarse con el conjunto del informe provisional, se informa que el inventario susceptible de impugnación será el que forma parte del informe. El plazo para verificar esa impugnación es de diez días, que respecto a los no personados en el procedimiento se computará desde la última publicación de este edicto que se ha acordado realizar en el Boletín Oficial del Estado, y en el Tablón de Anuncios del Juzgado.

Oviedo, 23 de julio de 2013.- La Secretaria judicial.

29-05-2013
A130031416
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 47/13 (N.I.G. 33044 47 1 2013 0000099), se ha dictado en fecha 7 de mayo de 2013 Auto Declarando en Concurso Voluntario Abreviado al deudor Panificadora La Ascensión, S.L.C. con CIF: F-33069238 y domicilio en avenida de Sama, 37, Mieres (Asturias).

2.º Se ha nombrado como Administrador concursal a don Carlos Vicente García-Hawkins Cuesta, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: C/ Campomanes, 14, 1.º izquierda, C.P. 33008 Oviedo, así como la siguiente dirección electrónica: cvghc@hotmail.com, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que en ningún caso tendrá por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el "B.O.E." y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.

3.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración Concursal designada, mediante su autorización o conformidad.

Oviedo, 16 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

Informes
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