ÓRGANO JUDICIAL
Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana
Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10
Localidad: Castelló de la Plana
Código Postal: 12003
Provincia: Castellón/Castelló
Teléfono: 964621448
Correo electrónico: Casmerca01_cas@gva.es
PROCEDIMIENTO
Civil
Número: 877/2012
NIG: 1204066220120001011
RESOLUCIÓN PROCESAL
Providencia
Fecha: 30/06/2021
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 5 dias
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
INFORMACIÓN ADICIONAL
EDICTO
D./Dña. Mª DE LAS MERCEDES CHECA MOYA , Letrado de la Administración de Justícia del Juzgado de lo Mercantil num. 1 de CASTELLON, por el presente HAGO SABER:
Que en este Juzgado de lo mercantil, en la Sección 1ª del procedimiento 877/2012 de la entidad concursada PISCINAS SUPERTENIS SL. con CIF:B-12048005,se ha dictado Providencia con fecha de hoy, que es del tenor literal siguiente:
P R O V I D E N C I AMAGISTRADO/A-JUEZ D.Dª FRANCISCO GIL MONZO. En CASTELLON, a treinta de junio de dos mil veintiuno.
1.- Dada cuenta; por presentado el escrito que antecede por el Administrador Concursal al objeto de aportar los textos definitivos a los que se refiere el art. 289 Y SS TRLC, únase a los autos de su razón y póngase de manifiesto a las partes y a los interesados en general, en la secretaría de este Juzgado. A esos efectos de publicidad a los interesados no personados, insértese el correspondiente Edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado.
2.- El texto definitivo de la lista de acreedores, además de en los demás supuestos previstos en esta Ley, podrá modificarse en los casos previstos en el artículo 308 TRLC. Conforme al artículo 311 TRLC, tal modificación sólo podrá solicitarse antes de que recaiga la resolución por la que se apruebe la propuesta de convenio o se presenten en el Juzgado el informe final de liquidación o la comunicación de insuficiencia de masa activa, mediante solicitud dirigida a la Administración concursal, con justificación de la modificación pretendida, así como de la concurrencia de las circunstancias previstas en dicho artículo. 3.- Se requiere a la concursada, mediante la notificación del presente proveído a su representación procesal, por término de tres días hábiles para que manifieste si opta por la apertura de la fase de convenio o de la fase de liquidación, en caso de no efectúarse manifestación alguna se entenderá que opta por la apertura de la fase de liquidación.
4.- Conforme a lo previsto en el artículo 527 TRLC, el plazo para la presentación de propuestas ordinarias de convenio finalizará en todo caso 5 días después de la notificación del informe del administrador concursal y, en caso de no presentarse, el secretario judicial abrirá de inmediato la fase de liquidación (art. 528 TRLC). Una vez transcurrido dicho plazo queden los autos sobre la mesa para resolver. Contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, por escrito y en el plazo de CINCO días, con expresión de la infracción cometida. De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, el recurrente sin derecho a justicia gratuita, y exceptuándose el Ministerio Fiscal y las Administraciones Públicas, al tiempo de interposición del recurso deberá presentar resguardo acreditativo del depósito por importe de 25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones, cuenta del expediente, de este Juzgado. Si no se cumplen los requisitos indicados, no se admitirá a trámite el recurso.
Firma Magistrado/a Firma Letrado Admón Justícia.
Y para que sirva de notificación en forma a los acreedores no personados en el procedimiento, expido el presente.
En CASTELLON a veintidos de julio de dos mil veintiuno.
El/La Letrado DLAJ
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Castelló de la Plana, 26 de julio de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYA