Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Piscinas Supertenis Sl

El 24-01-2013, Piscinas Supertenis Sl, en CASTELLON (Castellón) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número de insolvencia de esta empresa es B12048005. La actividad (principal) de Piscinas Supertenis Sl es construcción de edificios.
Se ha abierto la fase de convenio.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Piscinas Supertenis Sl
Localidad:
CASTELLON
Provincia:
Castellón
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B12048005
Número de insolvencia:
B12048005
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
INDUSTRIAL LA RATLLA (AV VALENCIA S/N) 0
12005 CASTELLON
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
26-07-2021
BOE-J-2021-62213
 
  • Apertura de la fase de convenio
 
ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621448

Correo electrónico: Casmerca01_cas@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 877/2012

NIG: 1204066220120001011

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 30/06/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5 dias

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

D./Dña. Mª DE LAS MERCEDES CHECA MOYA , Letrado de la Administración de Justícia del Juzgado de lo Mercantil num. 1 de CASTELLON, por el presente HAGO SABER:

Que en este Juzgado de lo mercantil, en la Sección 1ª del procedimiento 877/2012 de la entidad concursada PISCINAS SUPERTENIS SL. con CIF:B-12048005,se ha dictado Providencia con fecha de hoy, que es del tenor literal siguiente:

P R O V I D E N C I AMAGISTRADO/A-JUEZ D.Dª FRANCISCO GIL MONZO. En CASTELLON, a treinta de junio de dos mil veintiuno.

1.- Dada cuenta; por presentado el escrito que antecede por el Administrador Concursal al objeto de aportar los textos definitivos a los que se refiere el art. 289 Y SS TRLC, únase a los autos de su razón y póngase de manifiesto a las partes y a los interesados en general, en la secretaría de este Juzgado. A esos efectos de publicidad a los interesados no personados, insértese el correspondiente Edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado.

2.- El texto definitivo de la lista de acreedores, además de en los demás supuestos previstos en esta Ley, podrá modificarse en los casos previstos en el artículo 308 TRLC. Conforme al artículo 311 TRLC, tal modificación sólo podrá solicitarse antes de que recaiga la resolución por la que se apruebe la propuesta de convenio o se presenten en el Juzgado el informe final de liquidación o la comunicación de insuficiencia de masa activa, mediante solicitud dirigida a la Administración concursal, con justificación de la modificación pretendida, así como de la concurrencia de las circunstancias previstas en dicho artículo. 3.- Se requiere a la concursada, mediante la notificación del presente proveído a su representación procesal, por término de tres días hábiles para que manifieste si opta por la apertura de la fase de convenio o de la fase de liquidación, en caso de no efectúarse manifestación alguna se entenderá que opta por la apertura de la fase de liquidación.

4.- Conforme a lo previsto en el artículo 527 TRLC, el plazo para la presentación de propuestas ordinarias de convenio finalizará en todo caso 5 días después de la notificación del informe del administrador concursal y, en caso de no presentarse, el secretario judicial abrirá de inmediato la fase de liquidación (art. 528 TRLC). Una vez transcurrido dicho plazo queden los autos sobre la mesa para resolver. Contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, por escrito y en el plazo de CINCO días, con expresión de la infracción cometida. De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, el recurrente sin derecho a justicia gratuita, y exceptuándose el Ministerio Fiscal y las Administraciones Públicas, al tiempo de interposición del recurso deberá presentar resguardo acreditativo del depósito por importe de 25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones, cuenta del expediente, de este Juzgado. Si no se cumplen los requisitos indicados, no se admitirá a trámite el recurso.

Firma Magistrado/a Firma Letrado Admón Justícia.

Y para que sirva de notificación en forma a los acreedores no personados en el procedimiento, expido el presente.

En CASTELLON a veintidos de julio de dos mil veintiuno.

El/La Letrado DLAJ

Para mas información:https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Castelló de la Plana, 26 de julio de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYA

15-04-2013
A130017653
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Don Jorge González Rodríguez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 24 de Enero de 2013, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado número 000877/2012, N.I.G. número 1204-66-2-2012-0001011, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor "Piscinas Supertenis, S.L.", domiciliado en Avenida Valencia, Polígono La Ratlla, 3, Castellón, y C.I.F. número B1204805.

Segundo: Que se ha determinado el régimen de Intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.

Tercero: Que se han asignado como Administrador/es Concursal/les a D. José Manuel Serrano Yuste, con domicilio en Camí L'Om Blanc Residencial Los Olmos, número 87, adosado 3, C.P. 12550 Almazora (Castellón) y dirección electrónica concursosupertenis@gmail.com, a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC.

Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.

Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia del Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.

Castellón, 22 de febrero de 2013.- El secretario Judicial.

Informes
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