Edicto
Doña Cristina Martínez García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente,
Hago saber:
1.º- Que los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000312/2012 y NIG n.º 1503047 1 2012 0000582, se ha dictado en fecha 27/01/2020 Auto de Conclusión de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Construcciones Nicasio Cruz, S.L., con CIF.- B-15594146, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ordes.
1.- Declarar concluso el procedimiento concursal registrado número 312/2012 referente al deudor Construcciones Nicasio Cruz, S.L., por finalización de las operaciones de liquidación.
2.- Decretar el archivo de las actuaciones.
3.- El cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes, salvo las que en su caso se contuvieren en la sentencia firme de calificación.
4.- La extinción de la persona jurídica deudora.
5.- Librar mandamiento de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.
6.- Anunciar esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.
7.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos, judiciales y administrativos que acordaron la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.
8.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.
Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).
A Coruña, 27 de enero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Martínez García.