Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia/San Sebastián,
Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 578/12, en el que figura como concursado/a CALDERERÍA GUIPUZCOANA DE INOXIDABLE, S.L., se ha dictado el 11/11/2014 auto declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones por finalización de la fase de liquidación.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.
En dicho auto se dispone su publicación en el BOE de forma gratuita por insuficiencia de bienes y derechos de la masa activa.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Donostia-San Sebastián, 11 de noviembre de 2014.- La Secretaria judicial.
Edicto
EL Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 578/2012 referente al concursado CALDERERÍA GUIPUZCOANA DE INOXIDABLE, S.L., con CIF: B20320107, por Decreto de fecha 21/02/2013 se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la Mercantil, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.
Donostia-San Sebastián, 22 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.
Edicto.
Doña María Isabel Villoslada Torquemada, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián,
Por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 578/2012 y NIG n.º 20.05.2-12/007218 se ha dictado en fecha 11/07/2012, auto de declaración de concurso voluntario del deudor Calderería Guipuzcoana de Inoxidable, S.L., con CIF: B-20320107, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Tolosa (Gipuzkoa), polígono industrial "Usabal" n.º 302-B.
2.º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a Amadeo Cazenave Auditores y Consultores, S.L.P., con domicilio postal en: Calle Txurruka, 14, 3.º-B de 20004-Donostia-San Sebastián y dirección electrónica señalada: amadeo@amadeocazenave.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la L.C., a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Donostia-San Sebastián, 11 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.