Doña Natalia Ramos Lain, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 555/2011, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso necesario a la entidad Importació de Pedres Naturals, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto: Concurso necesario 555/2011 Sección C1.
Entidad concursada: Importació de Pedres Naturals, S.L., con CIF n.º B63722409.
Tipo de concurso: Necesario.
Fecha del auto de declaración: 23 de abril de 2012.
Administrador/es concursal/es: Técnicos Judiciales RIC Consulting, S.L.P., y en su nombre y representación don Pedro Miret Betanzos, con correo electrónico pmiret@ricconsulting.es, domicilio sito en c/ Balmes, n.º 135, pral. 1.ª 08008 Barcelona (Barcelona), y n.º de teléfono 93/419-75.38.
Facultades del concursado: Suspendidas.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 8 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial.