Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Aruka Sur Sl.

El 01-01-0001, Aruka Sur Sl., en EL EJIDO (Almería) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de ALMERÍA. El número de insolvencia de esta empresa es B04437414. La actividad (principal) de Aruka Sur Sl. es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Aruka Sur Sl.
Localidad:
EL EJIDO
Provincia:
Almería
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B04437414
Número de insolvencia:
B04437414
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PS :
SANTA MARIA DEL AGUILA 39
04710 EL EJIDO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
04-10-2019
A190054618
 
  • Conclusión del concurso
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almería (antiguo Instancia n.º 7), anuncia:

Que el procedimiento concursal número 483/11 referente al concursado Aruka Sur, S.L. por auto de fecha 30 de septiembre de 2019, se ha acordado los siguiente:

1.- Que en el procedimiento concursal número 483/11 referente al concursado Aruka-Sur, S.L., con CIF B-04437414, por auto de fecha 30 de septiembre de 2019 se ha declarado el archivo y la conclusión del concurso voluntario del deudor Aruka-Sur, S.L., con CIF B-04437414, y con domicilio en Carretera de Málaga, 39, de Santa María del Águila (El Ejido - Almería), si bien consta la dirección de sus negocios desde la Oficina de Las Salinas, sita en la Avenida Reino de España, 34m, 04740, que fue reaperturado por Auto de 3 de julio de 2017.

Asimismo, se acuerda aprobar la rendición final de cuentas presentada por la administración concursal.

2.- Se declara la extinción de la mercantil Aruka-Sur, S.L., y procédase al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

Almería, 30 de septiembre de 2019.- Letrada de la Administracion Justicia, María Ángeles Bossini Ruiz.

15-11-2016
A160079868
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almería (antinguo Instancia n.º 7),

Que el procedimiento concursal número 483/11 referente al concursado ARUKA-SUR, S.L. por auto de fecha 18 de octubre de 2016, se ha acordado los siguientes:

1. Que en el procedimiento concursal número 483/11 referente al concursado ARUKA-SUR, S.L. con CIF B-04437414 por auto de fecha 18 de Octubre de 2016 se ha declarado el archivo y conclusión del concurso voluntario del deudor ARUKA-SUR, S.L. con CIF B -04437414 y con domicilio en Carretera de Málaga, 39 de Santa María del Águila (El Ejido- Almería), si bien consta la dirección de sus negocios desde la Oficina de Las Salinas, sita en la Avenida Reino de España, 34 m 04740. con los efectos establecidos en el artículo 178 y concordantes de la LC.

2. Se declara la extinción de la mercantil ARUKA-SUR, S.L.. y procédase al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

Lo anterior se entiende sin perjuicio de la reapertura del concurso en los casos que proceda.

Almería, 16 de octubre de 2016.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

12-10-2013
A130054812
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almería,

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número apertura sección 483.06/2011, referente al concursado Aruka-Sur, S.L., con CIF B-04437414, por sentencia de fecha 13 de septiembre de 2013 se ha acordado lo siguiente:

1.- Calificar como culpable el concurso de la mercantil Aruka Sur, S.L.

2.- Declarar persona Afectada por dicha declaración a D. Gustavo Puertas Montes.

3. -Condeno al anterior a la inhabilitación para administrar bienes ajenos y para representar o administrar a cualquier persona por un plazo de dos años, así como para, durante el mismo período, representar o administrar a cualquier persona, ejercer el comercio o tener cargo ni intervención directa administrativa o económica en compañías mercantiles o industriales.

4.- Condeno al anterior a la cobertura parcial del déficit en 782.000 €, cantidad de la que responderá de forma solidaria con la entidad Aruka Sur Grupo Inmobiliario, S.L.U.

5.- Es persona cómplice por dicha declaración Aruka Sur Grupo Inmobiliario, S.L.U. (antes Grupo Fisco Sur, S.L.) Civanos Inmobiliarios, S.L., y Capisal Comercializadora Inmobiliaria Almeriense, S.L.

6.- Condeno a Aruka Sur Grupo Inmobiliario, S.L.U. (antes Grupo Fisco Sur, S.L.) a indemnizar a la masa en la canidad de 782.000 € de forma solidaria con D. Gustavo Puertas Montes.

7.- Condeno a Civanos Inmobiliarios, S.L., y Capisal Comercializadora Inmobiliaria Almeriense, S.L., a indemnizar a la masa en la cantidad de 40.000 € (20.000 € cada una).

8.- Condeno a la persona afectada por la calificación, así como a los considerados cómplices a perder cualquier derecho que pudieran tener de la concursada, así como a devolver los bienes recibidos, en su caso.

9.- Con imposición de costas a los demandados afectos y cómplices de la declaración de culpabilidad.

Almería, 16 de septiembre de 2013.- El/la Secretario judicial.

15-01-2013
A120086655
 
  • Aprobación del plan de liquidación
 

El Juzgado de lo Mercantil de Almería anuncia:

Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 483.05/2011, referente al concursado Aruka-Sur, con CIF B-04437414, por auto de fecha 21 de noviembre de 2012, se ha acordado lo siguiente:

1.- Aprobar el plan de liquidación presentado por la Administración concursal.

Almería, 22 de noviembre de 2012.- Secretario Judicial.

26-09-2012
A120065167
 
  • Desconvocatoria de Junta de Acreedores
  • Se deja sin efecto la fase de convenio
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Almería.

Anuncia

Que el procedimiento concursal número Apertura Sección 483.05/2011 referente al concursado Aruka-Sur SL con CIF B-04437414, por auto de fecha 7 de septiembre de 2012 ha acordado lo siguiente:

1. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 21 de Junio de 2012, por no haberse presentado ninguna propuesta.

2. Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 21 de septiembre de 2012 a las 10:00 horas.

3. Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.

4. Se declara el cese de los administradores de la sociedad concursada que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

Almería, 12 de septiembre de 2012.- El/la Secretario judicial.

17-07-2012
A120049612
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Almería anuncia:

1. Que el procedimiento concursal número 483.05/2011 referente al concursado Aruka-Sur, S.L., con CIF B-04437414, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 21 de septiembre de 2012, a las 10.00 horas, en la Sala de Vistas de este Juzgado.

2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3. Tiene derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Almería, 21 de junio de 2012.- El/La Secretario Judicial.

03-01-2012
A110094830
 
  • Auto de declaración de concurso
 

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Almería (antiguo Instancia nº 7) en cumplimento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

1º.- Que en el procedimiento número 483/2011, por auto de 31.10.2011 se ha declarado en concurso Voluntarial deudor Aruka-Sur, S.L., con CIF B04437414, domicilio en Carretera de Málaga, 39, de Santa María del Aguila (El Ejido-Almería) si bien, consta la dirección de sus negocios dede la Oficina de Las Salinas, sita en la Avenida Reino de España 34, 04740.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Qu los acreedores del concurso deben poner en conocimiento de la adminstracón concursl la exixtencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicaión es el de un mes a contar de la última publición de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. debiendo remitirse al depacho del Administrador Concursal Sixto Miguel Buendía Rodrígues, sito en paseo de Almería, 43, 6º 04001 (Almería).

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberá hcerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (articulo 184.3 LC).

Almería, 8 de noviembre de 2011.- Secretario Judicial.

Informes
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