Edicto
Doña Julia Zapatero García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid,
Anuncia: Que en los autos de concurso voluntario abreviado n.º 547/2011 instado por el Procurador D. Victorio Venturini Medina, del deudor IDM Ingeniería y Diseño de Edificaciones Modulares, S.L., con CIF: B-81290223, en el cual se ha dictado con fecha 7/11//2012 auto abriendo liquidación, cuya parte dispositiva es como sigue:
Acuerdo:
2.- Abrir la fase de liquidación, formándose la Sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.
3.- Quedar durante la fase de liquidación, en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
4.- Declarar la disuelta la mercantil IDM Ingeniería y Diseño de Edificaciones Modulares, S.L., y, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración Concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal.
6.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.
7.- Requerir a la administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
8.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
Madrid, 7 de noviembre de 2012.- Secretaria Judicial.