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Concurso de acreedores Persona física

El 01-03-2011, Persona física, en MASIA TRAVER (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es 45078512F. La actividad (principal) de Persona física es transporte terrestre y por tubería.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Persona física
Localidad:
MASIA TRAVER
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
45078512F
Número de insolvencia:
45078512F
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Transporte y almacenamiento
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SELLA 27
46190 MASIA TRAVER
Mostrar en tarjeta
-
CL :
MAESTRO PALAU, 20 - 17 0
46200 PAIPORTA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
26-05-2011
42551
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

D./Dña. Jorge Victor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado voluntario n.° 000090/2011, habiéndose dictado en fecha; uno de marzo de dos mil once por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de José Manuel Sánchez Lozano, con domicilio en calle Sella, N.° 27, de Ribarroja del Turia (Valencia), y cif n.° 4578512F, inscrita en el Registro Civil de Barcelona al tomo 00682 pagina 339.

Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administraciónde la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de laadministración concursal designada.

Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.

Valencia, 1 de marzo de 2011.- El Secretario Judicial.

Informes
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