Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Crosber Sl

El 25-02-2011, Crosber Sl, en FIGUERES (Gerona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es B17128133. La actividad (principal) de Crosber Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Crosber Sl
Localidad:
FIGUERES
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B17128133
Número de insolvencia:
B17128133
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
JOSEP MARIA DE SEGARRA 21
17600 FIGUERES
Mostrar en tarjeta
-
CL :
ESGLESIA 19
17740 VILAFANT
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
17-06-2019
A190035388
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Alicia de la Torre Duñaiturria, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Girona,

hago saber que:

En el Concurso Voluntario Abreviado nº 30/2011 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de la entidad Crosber, S.L., con NIF B-17128133, con domicilio en calle Josep Maria de Segarra, nº 21 de la localidad de Figueres CP: 17600) y todo ello por haber finalizado las operaciones de liquidación.

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Girona, 31 de mayo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Alicia de la Torre Duñaiturria.

08-03-2012
A120011390
 
  • Desconvocatoria de Junta de Acreedores
  • Cese de los Administradores
  • Presentación de la propuesta de convenio
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

D. José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso Voluntario Abreviado nº 30/2011, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la apertura de la liquidación de oficio, de conformidad con lo prevenido en el art. 143 de la Ley Concursal, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Acuerdo: Declarar finalizada la fase de convenio del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil Crosber, S.L., con CIF B-17128133 y abrir de oficio la fase de liquidación, en los términos previstos en el artículo 143. 1 1º de la Ley Concursal, a no haber sido admitida la propuesta de convenio presentada.

Se suspende la Junta de acreedores señalada para el próximo día 23 de febrero de 2012, a las 10 horas.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.

Anúnciese por edictos la apertura de oficio de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona, haciéndole saber del cierre de la fase de convenio y la apertura dela fase de liquidación, la suspensión de las facultades de los administradores, la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración concursal, y ordenándose la anotación de las anteriores circunstancias en la hoja abierta al Tomo 433, folio 104, hoja nºGI-8337, ordenándose la práctica de la anotación preventiva en los folios registrales correspondientes, de las circunstancias manifestadas.

Entréguese en debida forma a la procuradora Sra. Immaculada Biosca Boada, el mandamiento y el oficio correspondiente para la práctica inmediata de las anotaciones acordadas.

En el plazo de 8 dias computados desde la notificación de esta resolución, el Administrador concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso. Se concede el plazo de cinco días, de conformidad con el art. 168, en relación con el 191 de la L.C., a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la presente Sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso.

Modo de impugnación: mediante recurso de Reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451, 452 de la LEC).

Así lo manda y firma el Magistrado-Juez, D. Hugo Novales Bilbao, del Juzgado Mercantil 1 de Girona; de lo que doy fe.

El Magistrado Juez.-El Secretario Judicial.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los art. 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 14 de febrero de 2012.- El Secretario Judicial.

12-01-2012
A110095240
 
  • Apertura de la fase de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

D. José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Girona,

Hago saber: Que en el expediente de Concurso Voluntario Abreviado n.º 30/2011, se ha acordado en virtud de auto dictado en fecha 15 de diciembre de 2011, el din de la fase común y la apertura de la fase de convenio así como la convocatoria judicial de Junta de acreedores de la mercantil concursada Crosber, S.L., para el próximo día 23 de febrero de 2012 a las 10 horas, que se celebrará en la sala de audiencias de este Juzgado.

Se hace saber a los concursados y a los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, que podrán presentar propuesta de convenio desde la notificación de esta resolución, hasta 20 días antes de la celebración de la Junta.

Y para que sirva de publicación, expido el presente edicto.

Girona, 15 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.

17-03-2011
17671
 
  • Auto de declaración de concurso
 

D. José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso voluntario abreviado n.º 30/2011, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del Concurso de la mercantil Crosber, S.L., con CIF número B17128133, y con domicilio en c/ Josep M.ª de Segarra, n.º 21, de la localidad de Figueres, CP: 17600 (Girona), siendo designado como Administrador concursal, el letrado D. Miquel Botanch Caballería.

Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento del Administrador concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias autenticas, del título o documentos relativos al título.

El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer y ser parte en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

En cumplimiento del Real Decreto 3/09, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva relación dada al art. 23.1 de la L.C.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 25 de febrero de 2011.- El Secretario Judicial.

Informes
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