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Concurso de acreedores terminado Kalotek Renovables Sociedad Limitada

El 15-02-2011, Kalotek Renovables Sociedad Limitada, en ETXEBARRIA (Vizcaya) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BILBAO. El número de insolvencia de esta empresa es B95557534. La actividad (principal) de Kalotek Renovables Sociedad Limitada es otras industrias manufactureras.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Kalotek Renovables Sociedad Limitada
Localidad:
ETXEBARRIA
Provincia:
Vizcaya
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B95557534
Número de insolvencia:
B95557534
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
GALARTZA INDUSTRIALDEA 3
48277 ETXEBARRIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
30-10-2014
A140053271
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1, de Bilbao (BIzkaia),

Anuncia

Que en el procedimiento concursal número 67/2011 en el que figura como concursado Kalotek Renovables, S.L., se ha dictado el 20 de octubre de 2014 auto declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.

La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora Kalotek Renovables, S.L.

Dicho auto es firme y no cabe contra el mismo recurso alguno.

Bilbao, 20 de octubre de 2014.- La Secretaria judicial.

04-10-2011
70637
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 67/11 referente al concursado "Kalotek Renovables, Sociedad Limitada", con NIF B95557534, por auto de fecha 14 de septiembre de 2011 se ha acordado lo siguiente:

1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3. Se ha declarado disuelta la mercantil "Kalotek Renovables, Sociedad Limitada", cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.

4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el "Boletín Oficial del Estado" cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Bilbao (Bizkaia), 14 de septiembre de 2011.- El/la Secretario Judicial.

02-03-2011
12731
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao (BIZKAIA), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia

1.º Que en el procedimiento número 67/11, por auto de 15-02-2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor KALOTEK RENOVABLES, S.L., con NIF B95557534, con domicilio en Polígono INDUSTRIAL GALARTZA n.º PABELLON 3 - ETXEBARRIA (BIZKAIA) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en ETXEBARRIA.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

En Bilbao, 16 de febrero de 2011.- El/La Secretario Judicial.

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