Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Feyju Galicia Sl

El 19-01-2011, Feyju Galicia Sl, en VIGO (Pontevedra) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PONTEVEDRA. El número de insolvencia de esta empresa es B36620383. La actividad (principal) de Feyju Galicia Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Feyju Galicia Sl
Localidad:
VIGO
Provincia:
Pontevedra
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B36620383
Número de insolvencia:
B36620383
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
XULIAN ESTEVEZ 0
36207 VIGO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-10-2018
A180063719
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

EDICTO

D.ª María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia del Jdo. de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra con Sede en Vigo, por el presente, hago saber:

1.- Que en el procedimiento concursal número 000409/2010 referente al deudor Feyju Galicia, S.L., con CIF B-36.620.383, por auto de fecha 15 de octubre de 2018 se ha acordado lo siguiente:

1.- Decretar la conclusión del concurso por fin de la fase de liquidación.

2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente.

3.- Se acuerda la extinción de la entidad mercantil y el cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos correspondientes.

Vigo, 15 de octubre de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia.

19-12-2011
90920
 
  • Cese de los Administradores
  • Se deja sin efecto la fase de convenio
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Apertura de la sección quinta
 

Edicto

María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, anuncia:

Que en el Concurso 0000409/2010, referente al concursado Feyju Galicia, S.L., con CIF núm. B-36.620.383, por auto de fecha 25 de noviembre de 2011, se ha acordado lo siguiente:

1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto veintitrés de setiembre de dos mil once y se abre la fase de liquidación, convirtiéndose en este sentido el contenido de la Sección Quinta.

2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.- Se ha declarado disuelta la entidad Feyju Galicia, S.L., con CIF B-36.620.383, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en BOE, y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Vigo, 25 de noviembre de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

09-05-2011
32631
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

D/D.ª María Luisa Sánchez Garrido, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra con sede en Vigo, anuncia:

1.º Que la Sección I declaración concurso 0000409/2010, referente al deudor Feyju Galicia, S.L., con C.I.F. núm. B-36.620.383, con domicilio en Vigo c/ Julián Estévez, núm. 30, bajo, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, Hoja PO-3637, al folio 62 del Libro 1.111 de Sociedades, Inscripción 7.ª, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2.º Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3.º Para hacerlo se necesita valerse de Abogado Procurador (artículo 184.3 de la LC).

Vigo, 25 de abril de 2011.- El/La Secretario/A judicial.

01-02-2011
5300
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Doña Elena García Figueira, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº sección I declaración concurso 0000409/2010 se ha dictado a instancias de Feyju Galicia, S.L. en fecha diecinueve de enero de dos mil once auto de declaración de concurso voluntario ordinario de Feyju Galicia, S.L. con CIF núm. B-36.620.383, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, hoja PO-3.637, al folio 62 del libro 1.111 de Sociedades, inscripción 7ª, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Vigo C/ Julián Estévez, núm. 30 Bajo.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos de deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art.º 184.3 Ley Concursal).

Vigo, 19 de enero de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

Informes
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