Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Semillas Y Cereales Esteban Ruiz Sl

El 15-12-2010, Semillas Y Cereales Esteban Ruiz Sl, en LA BOVEDA DE TORO (Zamora) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de ZAMORA. El número de insolvencia de esta empresa es B49172877. La actividad (principal) de Semillas Y Cereales Esteban Ruiz Sl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Semillas Y Cereales Esteban Ruiz Sl
Localidad:
LA BOVEDA DE TORO
Provincia:
Zamora
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B49172877
Número de insolvencia:
B49172877
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
ZAMORA 33
49155 LA BOVEDA DE TORO
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-12-2016
A160092267
 

D.ª M.ª Inés Santiago Alejos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Zamora con funciones exclusivas en materia mercantil por el presente,

Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial Sección I Declaración Concurso 831/2010, del deudor Semillas y Cereales Esteban Ruíz, S.L. con domicilio social en Avda. de Zamora, n.º 33, de la localidad de La Bóveda de Toro (Zamora) y CIF n.º B-49172877, se ha dictado en fecha 25/06/2014 Auto n.º 159/2014, en el que se ha acordado, entre otros, lo siguiente:

Se acuerda la conclusión del concurso de Semillas y Cereales Esteban Ruíz, S.L.

Se declaran aprobadas las cuentas rendidas por la administradora concursal.

Se declara extinguida la mercantil mencionada, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

Zamora, 26 de mayo de 2014.- La letrado de la Administración de Justicia.

15-11-2011
81486
 
  • Cese de los Administradores
  • Desconvocatoria de Junta de Acreedores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto.

Don Ángel Javier Martín Sánchez, Secretario judicial de Juzgado Primera Instancia e Instrucción número 2 de Zamora, anuncia:

Que en el Sección I Declaración concurso 0000831/2010, referente al concursado Semillas y Cereales Esteban Ruiz, S.L., por auto de fecha 31 de octubre de 2011, se ha acordado lo siguiente:

1º.- Abrir la fase de liquidación del concurso.

2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.- Se ha declarado disuelta la referida sociedad, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.- Dejar sin efecto el señalamiento de la Junta de acreedores señalado para el día 25 de noviembre de 2011 a las 10:30 horas.

5.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los cinco días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Zamora, 31 de octubre de 2011.- El/La Secretario Judicial.

17-09-2011
66831
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto

D. Manuel González García, Secretario/a Judicial de Juzgado Primera Instancia e Instrucción número 2 de Zamora, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 831/2010 referente al concursado Semillas y Cereales Esteban Ruiz, S.L., se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 25 de noviembre de 2011, a las 10:30 horas, en la sala de vistas de este Juzgado.

2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Zamora, 2 de septiembre de 2011.- El/La Secretario Judicial.

04-01-2011
93086
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto.

Don Ángel Javier Martín Sánchez, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Zamora, con funciones de Mercantil por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 831/10 se ha dictado en fecha catorce de diciembre de 2010 Auto de declaración de concurso del deudor Semillas y Cereales Esteban Ruiz, S.L. cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avenida de Zamora, número 33 de la localidad de Bóveda de Toro (Zamora) y CIF B49172877.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC. Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en el que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y cualificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Zamora, 15 de diciembre de 2010.- El/la Secretario/a Judicial.

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