EDICTO
Doña Elena Victoria Buil Torralba, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de ZARAGOZA,
ANUNCIA
Primero.-Que en el procedimiento concursal número 122/2015-B se ha dictado el día 29 de noviembre de 2019 Auto de conclusión por liquidación del concurso del deudor Obras y Reformas Integrales Línea 7, S.L., CIF B99300956.
Segundo.-En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
Tercero.-En dicho Auto se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado, en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal. Contra el referido Auto no cabe recurso alguno.
Zaragoza, 29 de noviembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena Victoria Buil Torralba.
Edicto.
D.ª Elena Buil Torralba, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, por el presente, hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 122/2015-B y NIG 50297 47 1 2015 0000244, se ha dictado, en fecha 23 de marzo de 2015, Auto de Declaración de Concurso voluntario y abreviado del deudor Obras y Reformas Integrales Línea 7, S.L., con CIF B99300956, cuyo domicilio lo tiene en Polígono Malpica-Alfindén, calle M, nº 24-26 de La Puebla de Alfindén (Zaragoza).
2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a Rubio & Moneo Consultores, S.L.P., con domicilio postal en calle María Lostal, nº 32, principal derecha, teléfono 976.23.33.58 de Zaragoza y dirección electrónica señalada:
linea7@rubioymoneo.com
Para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4º.-No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna.
Zaragoza, 25 de marzo de 2015.- La Secretaria Judicial.