Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Fabricacion De Series Automocion Sa

El 14-10-2010, Fabricacion De Series Automocion Sa, en LA CAROLINA (Jaén) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de JAÉN. El número de insolvencia de esta empresa es A23011612. La actividad (principal) de Fabricacion De Series Automocion Sa es fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Fabricacion De Series Automocion Sa
Localidad:
LA CAROLINA
Provincia:
Jaén
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A23011612
Número de insolvencia:
A23011612
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
INDUSTRIAL AQUIGRANA 0
23200 LA CAROLINA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
25-05-2015
A150020479
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.- Que en el procedimiento número 458/2010, con NIG 2305042M20100000443, por auto de 24/02/15 se ha declarado la conclusión del concurso referente al deudor Fabricación de Series de Automoción, con domicilio en Polg. Industrial, s/n, de La Carolina.

2.-Se aprueban las cuentas presentadas por administración concursal.

3.-Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, se contengan en la sentencia firme de calificación.

Jaén, 24 de febrero de 2015.- El/La Secretario Judicial.

20-04-2011
25795
 
  • Desconvocatoria de Junta de Acreedores
  • Cese de los Administradores
  • Se deja sin efecto la fase de convenio
  • Apertura de la fase de liquidación
 

El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, anuncia:

Que el procedimiento concursal número apertura sección 458.05/2010, referente a la concursada "Fabricación de Series de Automoción", por auto de fecha 29 de marzo de 2011, ha acordado lo siguiente:

1. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 26 de enero de 2011, por no haberse presentado ninguna propuesta.

2. Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 13 de abril de 2011 a las 11.00 horas.

3. Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la Ley Concursal.

4. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Jaén, 29 de marzo de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

03-11-2010
78501
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de Primera Instancia número 4 y de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 458/2010, por auto de 14/10/10, se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor Fabricación de Series de Automoción, con Número de Identificación Fiscal A-23011612, domicilio en Polígono Industrial s/n, La Carolina y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Polígono Industrial s/n, La Carolina (Jaén).

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios, que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Jaén, 14 de octubre de 2010.- El/La Secretario Judicial.

Informes
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