El 17-02-2010, Promociones Inmobiliarias Del Pisuerga Sa, en MADRID (Madrid) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es A78605425. La actividad (principal) de Promociones Inmobiliarias Del Pisuerga Sa es construcción de edificios.
La Junta de Acreedores está planificada.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic
aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Nombre:
Promociones Inmobiliarias Del Pisuerga Sa
Estado:
Concurso de acreedores
Número de insolvencia:
A78605425
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
Edicto
En este Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid se sigue el procedimiento Concurso Ordinario n.º 61/2010 de la mercantil Promociones Inmobiliarias del Pisuerga, S.A., se ha dictado por auto de fecha 1/03/2017,
1. Se acuerda nombrar como miembro de la Administración Concursal a D. Luis Pérez González, economista, con DNI: 52.996.562-P, con domicilio en la Calle Génova, 3, de Madrid, teléfono: 917021709.
2. Las facultades de la administración concursal son las de Administración y Disposición del patrimonio del deudor, en sustitución del deudor que ha sido privado de dichas facultades.
Expido y firmo la presente en
Madrid, 6 de octubre de 2017.- El Letrado/a de la Administración de Justicia.
- Convocatoria de Junta de Acreedores
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 61/2010, referente al concursado PROMOCIONES INMOBILIARIAS DEL PISUERGA, S.A., se ha convocado junta de acreedores que se celebrará el día 17 de diciembre de 2014, a las 10,30 horas en la sala de vistas de este Juzgado.
2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio que se presenten, en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3.- Tienen derecho de asistencia a la junta de acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Madrid, 22 de septiembre de 2014.- El Secretario judicial.
- Presentación del Informe de la administración concursal
- Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 61/2010 referente al deudor Promociones Inmobiliarias del Pisuerga, S.A., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computados: para los personados desde la notificación de la resolución; y para el resto de los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.
Madrid, 21 de junio de 2010.- El Secretario Judicial.
- Auto de declaración de concurso
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 61/2010, por auto de 17 de febrero de 2010 se ha declarado en concurso al deudor Promociones Inmobiliarias del Pisuerga, S.A., con C.I.F. nº A-78605425, con domicilio en Madrid c/ Serrano, nº 41-45 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Estado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Madrid, 19 de febrero de 2010.- El Secretario Judicial.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.