Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Maglocork Sl

El 06-07-2009, Maglocork Sl, en LA BISBAL D'EMPORDA (Gerona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es B06012850. La actividad (principal) de Maglocork Sl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Maglocork Sl
Localidad:
LA BISBAL D'EMPORDA
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B06012850
Número de insolvencia:
B06012850
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
GERMANS DE FERRER 4
17100 LA BISBAL D'EMPORDA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
22-09-2018
A180056237
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Alicia De La Torre Duñaiturria, Letrada de la Administración de Justícia del Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Girona,

Hago saber que: En el concurso voluntario abreviado número 557/2009 se dictó Sentencia núm. 128/2017 de fecha 24/04/2017 que declaraba la conclusión del concurso así como la Sentencia número 438/2017 de fecha 18/12/2017 confirmada por la Audiencia Provincial de Girona que resolvia incidente número 47/2017 por el que se ha declarado concluso el concurso de la entidad mercantil Maglocork, S.L.U., con CIF.-B-06012850, con domicilio en Calle Germans Ferrer, número 4, bx.,17100- La Bisbal d'Empordà.

Las mismas resoluciones, que son firmes por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Girona, 7 de septiembre de 2018.- La letrada de la Administración de Justicia.

28-04-2010
27685
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Cese de los Administradores
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Apertura de la sección quinta
 

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado de Mercantil núm. 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso voluntario n.º 557/09 se ha acordado mediante Auto de esta fecha la apertura de la liquidación de conformidad con lo prevenido en el art 143 de la Ley Concursal el cual es del tenor literal siguiente:

Juzgado Mercantil 1 Girona.

Av. Ramón Folch, 4-6.

Girona.

Procedimiento Concursal 557/2009 Pieza 5.

Concursada Maglocork S.L.U.

Procuradora Sra. Edurne Díaz Tarragó.

Administrador: Sr Emili Puig Ridaura.

Auto.

Magistrado Juez, don Hugo Novales Bilbao.

En Girona, a quince de abril de dos mil diez.

Antecedentes de hecho.

Primero- Que por auto de fecha 06 de julio de 2009 se acordó declarar en estado de concurso voluntario la entidad mercantil Maglocork S.L.U.

Segundo- Que en fecha 30 de setiembre de 2009 por el Administrador Concursal se ha presentado el informe, junto con el inventario de bienes y derechos del deudor y la lista de acreedores.

La presentación del informe ha sido comunicada a las partes y anunciada por edictos, fijados en el tablón de anuncios del Juzgado y publicados en el Boletín Oficial del Estado, haciendo saber que contra el inventario y la lista de acreedores podrían presentarse impugnaciones en el plazo de diez días computados desde la última publicación del edicto que tuvo lugar el día 30 de setiembre de 2009.

Tercero- Que por la representación de Schindler S.L.U se presentó incidente concursal, registrándose con el número 1217/2009, habiéndose dictado sentencia en fecha 22 de diciembre de 2009.

Cuarto-En el presente procedimiento concursal, la Procuradora doña Edurne Díaz Tarragó, en nombre y representación de la entidad mercantil Maglocork S.L. solicitó, al amparo del artículo 142.1 apartado 1.º, la liquidación del concurso en escrito de fecha 14 de octubre de 2009 aportando de conformidad con el artículo 6.4 de la Ley Concursal, propuesta de plan de liquidación.

Fundamento de derecho.

Primero- Dispone el artículo 142.2 de la Ley Concursal que, dentro de los quince días siguientes a la finalización del plazo de impugnación del inventario y de la lista de acreedores,si no se hubieren presentado impugnaciones o, de haberse presentado a la fecha en que se pongan de manifiesto los textos definitivos del informe de la administración concursal y de sus documentos complementarios, el Juez, si el deudor tiene solicitada la liquidación del concurso, debe dictar auto poniendo fin a la fase común y abriendo la liquidación de concurso.

Segundo-En el presente caso, el procedimiento concursal se encuentra en el trámite previsto en el precepto acabado de citar, y por otra parte, el deudor tiene solicitada la liquidación del concurso, por lo que resulta forzoso proceder conforme a lo solicitado, ya que esta petición del deudor resulta vinculante para el juzgador.

Tercero-Abierta la fase de liquidación procede acordar lo previsto para la misma en los artículos 144, 145, 146, 148 y 163.1.2 de la Ley concursal.

Parte dispositiva.

Acuerdo: Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la entidad Maglocork S.L.U y abrir la fase de liquidación formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonios de esta resolución.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal. Asimismo, se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona y al Registro de la Propiedad nº4 de Girona.

En el plazo de ocho días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Formándose la Sección sexta de calificación del concurso que se encabezará con testimonios de esta resolución y del auto de declaración de concurso.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyo requisitos no se admitirá el recurso(artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451, 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil)

Así lo manda y firma el Magistrado Juez, don Hugo Novales Bilbao del Juzgado Mercantil 1 Girona, de lo que doy fe.

El Magistrado Juez. El Secretario Judicial.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144 en relación con los arts. 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 15 de abril de 2010.- El Secretario Judicial.

15-07-2009
54458
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

Don Juan Granero Peñalver, Juez sustituto del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso voluntario n.º 557/2009, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil Magoclork, S.L.U., con domicilio en Germans Ferrer, n.º 4 de la Bisbal d'Empordà CIF B 06012850 siendo designados como Administradores Concursales a D. Emili Puig Ridaura.

Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de 15 días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor. interesado o representante, expresando el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.

El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursles, mediante su autorización o conformidad.

El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 6 de julio de 2009.- El Magistrado-Juez.

Informes
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