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Concurso de acreedores terminado Suministros Bin Sa

El 07-04-2009, Suministros Bin Sa, en MOLINS DE REI (Barcelona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es A08812588. La actividad (principal) de Suministros Bin Sa es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Suministros Bin Sa
Localidad:
MOLINS DE REI
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A08812588
Número de insolvencia:
A08812588
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
BARCELONA (POL INDUSTRIAL EL PLA) 231
08750 MOLINS DE REI
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-10-2019
A190056445
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona,

Hago saber que: En el concurso abreviado 271/2009 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de SUMINISTROS BIN, S.A., con CIF A-08812588

Asimismo se acuerda el archivo de las actuaciones por haber quedado firme el auto que declaró cumplido el convenio tras haber caducado las acciones de incumplimiento de convenio.

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Barcelona, 25 de septiembre de 2019.- El letrado de la Administracióm de Justicia, Luis Miguel Gonzalo Capellín.

18-06-2019
A190035568
 
  • Conclusión del concurso
 

D. Luis Miguel Gonzalo Capellín, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Barcelona,

Hago saber:

Por el presente hago saber que en el Procedimiento de Concurso voluntario tramitado bajo el nº 271/09-B de la concursada SUMINISTROS BIN, S.A., se ha declarado mediante auto de fecha 31 de mayo de 2019 el cumplimiento del convenio aprobado por sentencia de 24 de febrero de 2010 modificado posteriormente por sentencia de fecha 11 de enero de 2016.

Firme la referida resolución y transcurrido el plazo de caducidad de las acciones de declaración de incumplimiento o, en su caso, rechazada por resolución judicial firme las que se hubieren ejercitado, se acorda lo procedente en orden a la conclusión del concurso.

Barcelona, 31 de mayo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis Miguel Gonzalo Capellín.

24-04-2009
25993
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Don Joaquín Marco Pueyo, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos con el n.º 271/2009B se ha declarado el concurso Voluntario Principal de Suministros Bin, S.A., con NIF n.º A-08812588 y domicilio en Ctra. Nacional 340, km.1245, de Molins de Rei, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento ordinario.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos a la administración concursal por medio de escrito que se presentará en la Unidad de apoyo concursal, Ronda Sant Pere, 41, 5.ª planta, 08010 Barcelona, con indicación expresa del Juzgado Mercantil 1 y el número de autos 271/2009B, en el plazo de un mes, a contar desde la última de las publicaciones edictales acordadas en el Auto de declaración del concurso de fecha 7 de abril de 2009 firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 14 de abril de 2009.- El Secretario Judicial.

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