EDICTO
El juzgado de lo mercantil n.º 1 de Bilbao, ANUNCIA:
Que en el procedimiento concursal número 59/2008 en el que figura como concursado/a Choymo, S.A.U., CIF A48100275, se ha dictado el día de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.
Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Bilbao (Bizkaia), 10 de septiembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 59/2008 referente al concursado Choymo, S.A.
Con CIF A48200275, por auto de fecha 27/09/2012 se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la mercantil "Choymo S.A", cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.
4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Bilbao (Bizkaia), 27 de agosto de 2012.- El/La Secretario Judicial.
Edicto:
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 59/08, en el que figura como concursado CHOYMO, S.A. se ha dictado el 13 de marzo de 2009 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 24 de febrero de 2009 a las 10:00 horas, la de CHOYMO, S.A. para el mismo día a las 11:00 horas, la de MUEBLES OCIO CONFORT, S.L.
2.- La sentencia se fundamenta en qe la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.
El convenio esta de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia que debe prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de cinco días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el Diario El Correo, y el BOE.
La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Bilbao (Bizkaia), 13 de marzo de 2009.- El/la Secretario Judicial.
Se declara en concurso voluntario a la sociedad.