Edicto
Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 1 de A Coruña, por el presente,
Hago saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado Sección I, Declaración Concurso 459/11, se ha dictado en fecha 21 de julio de 2020 auto que declara concluso el concurso voluntario abreviado del deudor Efcal, S.L., B-15162183, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Santiago de Compostela.
"Declarar la conclusión del concurso voluntario abreviado de la entidad Efcal, S.L., con CIF B-15162183, inscrita en el Registro mercantil de Santiago de Compostela al tomo 197, folio 105, hoja SC-9198, por fin de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones con los siguientes efectos:
1.-Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
2.-Procederá la extinción de la entidad Efcal, S.L., y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro mercantil a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro mercantil de Santiago de Compostela.
Procede librar mandamiento de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los registros en los que se inscribió dicha declaración.
Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.
La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 LC y se publicará en el BOE."
Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso alguno.
A Coruña, 23 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.