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Concurso de acreedores terminado Efcal Sl

El 25-10-2011, Efcal Sl, en SANTIAGO DE COMPOSTELA (La Coruña) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LA CORUÑA. El número de insolvencia de esta empresa es B15162183. La actividad (principal) de Efcal Sl es actividades de construcción especializada.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Efcal Sl
Localidad:
SANTIAGO DE COMPOSTELA
Provincia:
La Coruña
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B15162183
Número de insolvencia:
B15162183
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CT :
DE SAN MARCOS 22
15890 SANTIAGO DE COMPOSTELA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
19-08-2020
A200035772
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado Sección I, Declaración Concurso 459/11, se ha dictado en fecha 21 de julio de 2020 auto que declara concluso el concurso voluntario abreviado del deudor Efcal, S.L., B-15162183, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Santiago de Compostela.

"Declarar la conclusión del concurso voluntario abreviado de la entidad Efcal, S.L., con CIF B-15162183, inscrita en el Registro mercantil de Santiago de Compostela al tomo 197, folio 105, hoja SC-9198, por fin de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones con los siguientes efectos:

1.-Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

2.-Procederá la extinción de la entidad Efcal, S.L., y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro mercantil a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro mercantil de Santiago de Compostela.

Procede librar mandamiento de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los registros en los que se inscribió dicha declaración.

Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.

La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 LC y se publicará en el BOE."

Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso alguno.

A Coruña, 23 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

27-02-2016
A160007350
 
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil 1 de los de A Coruña,

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso voluntario abreviado 459/11-N, siendo la concursada, Efcal, S.L. CIF.- B-15162183, constando acumulado el concurso, Sermigal, S.L.U. CIF.- B-15418700, se ha acordado en fecha 18 de noviembre la conclusión y archivo del proceso concursal del deudor Sermigal, S.L., CIF.- B-15418700, y ello por insuficiencia de masa activa.

A Coruña, 18 de noviembre de 2015.- Letrado de la Administración de Justicia.

14-11-2011
81046
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Doña Sandra Rosa Pérez Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I, declaración de concurso 0000459/11, se ha dictado auto en fecha 20 de octubre auto de declaración de concurso voluntario del deudor Efcal, S.L., B-15162183, cuyo centro de intereses principales lo tiene en A Coruña.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de patrimonio.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse en el plazo de quince días hábiles a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador/a y asistidos de letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

5º.- Que ha sido nombrado administrador concursal, si bien aún no ha aceptado el cargo don Rafael González del Río con domicilio profesional en la C/ Marcial del Adalid, 17, 1.º y teléfono 981-15.01.60.

A Coruña, 25 de octubre de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

Informes
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