Doña Cristina Cifo González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, se ha dictado decreto de fecha 13 DE ENERO DE 2021, en los autos de concurso 530/20 que se siguen contra la sociedad RESTAP ARENAL 2009, S.L., cuya parte dispositiva es la siguiente:
l.-Se convoca a Junta de Acreedores que se celebrará el próximo 9 de abril 2021, a las 10.00 horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado.
2.-Los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del art. 103 LC (Art. 351.1 TRLC) hasta el cierre del lista de asistentes. En caso de verificarse la adhesión mediante comparecencia ante la letrada de la administración de justicia de ese Juzgado que deberá verificarse en la oficina de este juzgado, debiéndose aportar, en su caso, poderes en los cuales se acredite la facultad especial de poder adherirse al convenio, o en su caso, votar en contra.
Alicante, 13 de enero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Cifo González.
Doña Cristina Cifo González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:
Primero.- Que por Auto de fecha 17 de agosto de 2020 en el procedimiento con número de autos 530/2020-R y NIG 03014-66-1-2020-0001072 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor RESTAP ARENAL 2009, S.L., con CIF B-54382676 y domicilio en Jávea (Alicante), calle Fenas, n.º 10, CP 03730.
Segundo.-Que el deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la Administración concursal.
Tercero.-Que ha sido nombrado administrador concursal D. Blas Sánchez Sala, con DNI número 74175930X, en calidad de economista, con domicilio postal en Torrevieja (Alicante), calle María Parodi, n.º 8-10, planta 4.ª, puerta 1, CP 03180; teléfono 966703793 y dirección de correo electrónico concursal@asesoriasala.es, para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.
Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presenta en el "Boletín Oficial del Estado".
Alicante, 25 de agosto de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, doña Cristina Cifo González.