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Concurso de acreedores terminado Madame Pompadour Sl.

El 22-07-2020, Madame Pompadour Sl., en MADRID (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B87649372. La actividad (principal) de Madame Pompadour Sl. es servicios de comidas y bebidas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Madame Pompadour Sl.
Localidad:
MADRID
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B87649372
Número de insolvencia:
B87649372
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ALCALA, 149 - PISO 3 D 0
28009 MADRID
Mostrar en tarjeta
-
CL :
CAÑOS DEL PERAL 11
28013 MADRID
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-01-2021
A210003621
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Don Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 482 del TRLC, anuncia:

1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 765/2020 referente a la mercantil MADAME POMPADOUR, S.L., CIF B87649372 por auto de fecha 13/01/2021 se ha la conclusión y archivo del mismo por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. Art. 475 TRLC.

2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.

3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 485TRLC declarar su extinción.

Madrid, 13 de enero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Emilio Jose Zornoza Arana.

18-08-2020
A200035682
 
  • Rectificatie
 

Edicto

D. Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid anuncia:

1º que en fecha 31/07/20, y en virtud de auto de fecha 22/07/20, fue publicada en el BOE con número 207, así como en el Registro Público Concursal la declaración de concurso de la mercantil Madame Pompadour, S.L., con CIF B87649372 calle Caños del Peral, nº 11, bajo derecha, de Madrid

2º que advertido error en el domicilio de la misma, se dicta en fecha 31/07/20 auto de rectificación, por lo que se hace constar que el domicilio correcto de la concursada Madame Pompadour, S.L., con CIF B87649372 es calle Alcalá, nº 149, 3º D C.P.:28009 Madrid.

Madrid, 12 de agosto de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, D. Emilio José Zornoza Arana.

31-07-2020
A200032689
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Don EMILIO JOSE ZORNOZA ARANA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 3 DE MADRI,.

Hace saber:

1.-Que en el Concurso Abreviado 765/2020, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2020/0072918, por auto de fecha 22/07/20, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a MADAME POMPADOUR, S.L.U., con n.º de identificación B87649372, y domiciliado en Calle de los Caños del Peral, n.º 11, CP: 28013 Madrid (Madrid).

2.-Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.-Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal

4.-La identidad de la Administración concursal es D./Dña. NOHEMI SOLEDAD DE CÓRDOBA ÁLVARO, con domicilio postal en Paseo de la Castellana, 179, Asc C, 1.ª planta, 28046 Madrid, y dirección electrónica noemi@decordoba.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.-Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.-Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 22 de julio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Emilio José Zornoza Arana.

Informes
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