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Concurso de acreedores Gestion De Viviendas Para Ocio Sl

El 03-02-2020, Gestion De Viviendas Para Ocio Sl, en LA HUERCE (Guadalajara) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de GUADALAJARA. El número de insolvencia de esta empresa es B81577066. La actividad (principal) de Gestion De Viviendas Para Ocio Sl es industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Gestion De Viviendas Para Ocio Sl
Localidad:
LA HUERCE
Provincia:
Guadalajara
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B81577066
Número de insolvencia:
B81577066
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
VALVERDE 2
19238 LA HUERCE
Mostrar en tarjeta
-
CL :
MELENDEZ VALDES 24
28015 MADRID
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
11-02-2020
A200006693
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Dª. Ascension Domínguez Domínguez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia Nº 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 1053 /2019 y NIG nº 19130 42 1 2019 0009230, se ha dictado en fecha 27 de diciembre de 2.019, Auto de declaración de concurso abreviado voluntario del deudor GESTION DE VIVIENDAS PARA OCIO SL, con CIF nº B-81577066, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Valverde nº 2, Valdepinillos (La Huerce), (Guadalajara).

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a la Entidad INTERFORENSIC ADMINISTRADORES CONCURSALES, S.L.P., CIF Nº B-86888724, con domicilio postal en C/ Felipe II, nº 14, 1º Izq., Madrid y dirección electrónica señalada if@interforensic.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Guadalajara, 3 de febrero de 2020.- La Letrado de la Administración de Justicia, Ascensión Domínguez Domínguez.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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