Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Konfia Servicios De Conciliacion Sl

El 29-10-2014, Konfia Servicios De Conciliacion Sl, en LASARTE-ORIA (guipúzcoa) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SAN SEBASTIÁN. El número de insolvencia de esta empresa es B20949319. La actividad (principal) de Konfia Servicios De Conciliacion Sl es actividades de servicios sociales sin alojamiento.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Konfia Servicios De Conciliacion Sl
Localidad:
LASARTE-ORIA
Provincia:
guipúzcoa
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B20949319
Número de insolvencia:
B20949319
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Actividades sanitarias y de servicios sociales
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
INIGO DE LOYOLA KALEA (BJ) 17
20160 LASARTE-ORIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
23-02-2017
A170010714
 
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

EDICTO

EL Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia,

ANUNCIA

 

Que en el procedimiento concursal número 817/2014-D en el que figura como concursado/a KONFIA SERVICIOS DE CONCILIACIÓN, S.L., CIF B20949319, se ha dictado el 13-02-2017 auto que declara concluso el concurso reabierto y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.

La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.

Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.

Donostia-San Sebastián, 13 de febrero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

01-06-2016
A160030138
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia-San Sebastián,

Anuncia

Que en el procedimiento concursal número 817/2014 en el que figura como concursado/a KONFIA SERVICIOS DE CONCILIACIÓN, S.L., CIF B20949319, se ha dictado el 20 de mayo de 2016 Auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.

La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.

Dicho Auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.

Donostia-San Sebastián, 20 de mayo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

25-11-2014
A140057211
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Donostia-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 LC,

Anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 817/2014, NIG nº 20.05.2-14/010194, por auto de 29/10/2014, se ha declarado en concurso voluntario al deudor KONFIA SERVICIOS DE CONCILIACION, S.L., con CIF: B20949319, con domicilio en C/Íñigo de Loyola, 17, bajo, 20160 Lasarte Oria, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Lasarte-Oria.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que la administración concursal está integrada por AMADEO CAZENAVE ZARANDONA, con domicilio postal en C/ Txurruka, 14, 3º B, 20004 Donostia, y dirección electrónica: concursal@amadeocazenave.com.

4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Donostia-San Sebastián, 12 de noviembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

Informes
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