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Concurso de acreedores Compania De Inversiones Y Construcciones Codyco S.L.

El 20-11-2012, Compania De Inversiones Y Construcciones Codyco S.L., en LANGREO/LLANGREU (Asturias) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de OVIEDO. El número de insolvencia de esta empresa es B33487901. La actividad (principal) de Compania De Inversiones Y Construcciones Codyco S.L. es construcción de edificios.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Compania De Inversiones Y Construcciones Codyco S.L.
Localidad:
LANGREO/LLANGREU
Provincia:
Asturias
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B33487901
Número de insolvencia:
B33487901
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CHOPERA ALAMEDA 2
33900 LANGREO/LLANGREU
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
24-10-2013
A130058582
 
  • Cese de los Administradores
  • Aprobación del convenio
  • Presentación de la propuesta de convenio
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo,

Anuncia:

1.º Que en el procedimiento concursal número Concurso abreviado 44/13, se ha dictado el 8 de octubre de 2013 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Compañía de Inversiones y Construcciones Codyco, Sociedad Limitada, y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 12 de septiembre de 2013.

2.º La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.

El convenio está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.

La parte dispositiva de la sentencia dice como sigue:

"Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio presentada por la mercantil Compañía de Inversiones y Construcciones Codyco, Sociedad Limitada, que fue aceptada por la Junta de acreedores celebrada el día 12 de septiembre de 2013.

Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como de los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concurso y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

Se acuerda el cese de la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, continuando en su cargo a los efectos previstos en el capítulo II del título VI.

Se acuerda la apertura de la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de la presente resolución, debiendo incorporarse a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del auto de declaración de concurso.

Se concede a la Administración concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

Requiérase a la entidad concursada, a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta resolución, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Notifíquese esta resolución al concursado, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Hágase pública la parte dispositiva de la sentencia aprobatoria del convenio por medio de edictos que se entregarán a la representación procesal de la concursada para que proceda a su inserción con la mayor urgencia en el "Boletín Oficial del Estado" y en el diario "El Comercio", en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal, debiendo dar cuenta a este Juzgado de su diligenciamiento.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase y entréguese a la representación procesal de la concursada mandamiento por duplicado al registro mercantil de Asturias para constancia de la aprobación del convenio, del cese de la intervención de las facultades de administración y disposición, así como del cese de los Administradores concursales.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación."

Así lo acuerda, manda y firma el iIustrísimo señor don Miguel Álvarez-Linera Prado, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo.

Oviedo, 8 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.

30-05-2013
A130031736
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto

Don Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo, anuncia:

1. Que en el procedimiento concursal número sección I declaración concurso 0000044/2013 referente al concursado Compañía de Inversiones y Construcciones Codyco, Sociedad Limitada, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 12 de septiembre de 2013, a las 12 horas en la Sala de Audiencias de este Juzgado.

2. Se someterá a la deliberación y, en su caso, aprobación de la Junta la propuesta de convenio presentado/s por la mercantil concursada.

Dicha propuesta, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en la Secretaría del Juzgado.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Oviedo, 17 de mayo de 2013.- El Secretrario Judicial.

02-03-2013
A130009708
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Don Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número dos de Oviedo, por el presente, hago saber:

1. Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I declaración Concurso 0000044/2013, se ha dictado en fecha 20 de noviembre de 2012 Auto de declaración de Concurso Voluntario del deudor Compañía de Inversiones y Construcciones Codyco, Sociedad Limitada, con CIF B33487901, cuyo centro de intereses principales lo tienen en calle Chopera Alameda, 2, Langreo.

2. Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a doña Sandra Rodríguez Fernández, con domicilio postal en calle Calvo Sotelo, número 2, segundo, de Oviedo, 33007, fax 984051745 y dirección electrónica señalada sandra@regentaabogados.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3. Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4. Las personaciones deberán realizarse por medio de abogado y procurador.

Oviedo, 19 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial.

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