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Concurso de acreedores Abengoa Finance Sa

El 20-01-2020, Abengoa Finance Sa, en SEVILLA (Sevilla) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SEVILLA. El número de insolvencia de esta empresa es A91900266. La actividad (principal) de Abengoa Finance Sa es servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Abengoa Finance Sa
Localidad:
SEVILLA
Provincia:
Sevilla
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A91900266
Número de insolvencia:
A91900266
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Entidades financieras
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ENERGIA SOLAR (CAMPUS PALMAS ALTAS) 1
41014 SEVILLA
Mostrar en tarjeta
-
LG :
CAMPUS PALMAS ALTAS (ZONA SUNP-GU-1) 0
41012 SEVILLA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
13-02-2020
A200007434
 

EL Letrado de la Administración de Justicia del Tribunal de lo Mercantil de Sevilla (Sección 3ª), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 77/20, con NIG 4109142120200002581 por auto de 20/01/2020 se ha declarado en concurso voluntario al deudor ABENGOA FINANCE S.A. con CIF A-91900266, con domicilio en Calle Energía Solar Campus palmas Altas 1 Sevilla y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sevilla

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. directamente ante la administración concursal, a Ernst & Young Abogados SL, con domicilio postal Avda La Palmera 33 Sevilla y dirección electrónica concursoabengoafinance@es.ey.com Tfno; 954238711, bien por escrito presentado o dirigido al domicilio señalado, bien por comunicación electrónica al correo señalado anteriormente. En ningún caso tendrá valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

sevilla, 7 de febrero de 2020.- El Letrado de la Administracion de Justicia, Juan Dionisio Curado Dana.

07-02-2020
A200006189
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

E Letrado de la Administración de Justicia del Tribunal de lo Mercantil de Sevilla (Sección 3ª), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia

1º.- Que en el procedimiento número 77/20, con NIG 4109142120200002581 por auto de 20 de enero de 2020 se ha declarado en concurso voluntario al deudor ABENGOA FINANCE, S.A., con domicilio en calle Energía Solar Campus Palmas Altas nº 1 de Sevilla y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sevilla.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC directamente ante la Administración concursal, a Ernst & Young Abogados, S.L., con domicilio postal en avenida La Palmera 33 de Sevilla y dirección electrónica XXXXXXX. Teléfono 954 238 711, bien por escrito presentado o dirigido al domicilio señalado, bien por comunicación electrónica al correo señalado anteriormente. En ningún caso tendrá valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Sevilla, 4 de febrero de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Dionisio Curado Dana.

Informes
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