Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Clarive Software Sl.

El 12-11-2018, Clarive Software Sl., en ALCOBENDAS (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B85879435. La actividad (principal) de Clarive Software Sl. es programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Clarive Software Sl.
Localidad:
ALCOBENDAS
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B85879435
Número de insolvencia:
B85879435
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Información y comunicaciones
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
DE LA INDUSTRIA 4
28108 ALCOBENDAS
Mostrar en tarjeta
-
AV :
DE DOCTOR SEVERO OCHOA 25
28100 ALCOBENDAS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
28-03-2019
A190015969
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Doña María Jesús Rodríguez Fernández, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número 4 de Madrid,

Hace saber:

1º.- Que en el Concurso Abreviado 1209/2018, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2018/0151962, por auto de fecha 12 de noviembre de 2018, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado a Clarive Software, S.L., con CIF número B-85879435, y domiciliado en avenida de la Industria número 4. CP 28108 de Alcobendas (Madrid).

2º.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración Concursal.

4º.- La identidad de la Administración concursal es don José Cano-Coloma Abad, con domicilio postal en plaza Bandas de Música número 5, semisótano 7. CP 46013 de Valencia y dirección electrónica administracionconcurso@ccpabogados.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5º.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6º.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 15 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Rodríguez Fernández.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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