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Concurso de acreedores S P D Monte Real Sl

El 11-10-2018, S P D Monte Real Sl, en MADRID (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B81593592. La actividad (principal) de S P D Monte Real Sl es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
S P D Monte Real Sl
Localidad:
MADRID
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B81593592
Número de insolvencia:
B81593592
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
DOCTOR FEDERICO RUBIO Y GALI, 19 - 1 J 0
28039 MADRID
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
16-10-2018
A180061208
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid. Hace saber:

1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 890/2018, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2018/0111752, por auto de fecha 25.9.18, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a SPD MONTE REAL, S.L., con n.º de identificación B81593592, y domiciliado en Avda. Doctor Federico Rubio y Galí, 19, 1.º, Madrid.

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal

4.- La identidad de la Administración concursal es, Antonio Joaquín almendros Ruíz con domicilio postal en Avda. Alejandro Roselló, 23, 3.º, 1.ª. 07002 Palma de Mallorca, y dirección electrónica a.almendros@roderickabogados.com, teléfono 971723311, fax 971723795 ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 11 de octubre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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