EDICTO
Doña Cristina Martínez García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley concursal (LC),
Anuncia
Que en el procedimiento CNA 259/18, se ha dictado auto de conclusión de Concurso con fecha 10/07/20, que es firme, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva
1.- Se decreta la conclusión, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, del presente concurso de acreedores de Urbaprom Stilo, S.L., con CIF. B-15.895.394, con domicilio social en la calle Amarella s/n, Santa Eugenia de Ribeira, Coruña, e inscrita en el Registro Mercantil de Santiago de Compostela al Folio 158, Tomo 2.788, Hoja SC-32.291. Con los efectos legales inherentes.
2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración concursal y el cese de los Administradores concursales.
4.- Se acuerda la extinción de la sociedad Urbaprom Stilo, S.L., y la cancelación de sus inscripciones en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirán mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme.
5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursa. Publíquese en el BOE y en el Tablón de anuncios de este Juzgado.
6.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC)
Así lo manda y firma SSª Dña. María Salomé Martínez Bouzas, Magistrada-Juez del juzgado de lo Mercantil número dos de Coruña. Doy fe.
Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente Edicto.
A Coruña, 10 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Martínez García.