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Concurso de acreedores Prestimueble Vva S.A.L.

El 25-10-2016, Prestimueble Vva S.A.L., en VILLANUEVA DE LA SERENA (Badajoz) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de BADAJOZ. El número de insolvencia de esta empresa es A06258289. La actividad (principal) de Prestimueble Vva S.A.L. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Prestimueble Vva S.A.L.
Localidad:
VILLANUEVA DE LA SERENA
Provincia:
Badajoz
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A06258289
Número de insolvencia:
A06258289
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
CIRCUNVALACION 0
06700 VILLANUEVA DE LA SERENA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
05-11-2016
A160079187
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Doña Lucia Peces Gómez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz,

Anuncia:

Que en la Sección I Declaración Concurso 471/2014 seguido en este órgano judicial, a instancia del Procurador Sr. SANTOS GÓMEZ RODRÍGUEZ, en nombre de la PRESTIMUEBLE VVA, S.A.L., con CIF A-06258289, se ha dictado Auto n.º 471/2014, de fecha 25 de Octubre de 2016, cuyo fallo es del contenido literal siguiente:

1.-Declarar la conclusión del concurso PRESTIMUEBLE VVA, S.A.L., con CIF A-06258289 por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.

2.-Archivar definitivamente las actuaciones. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.

3.-Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.

4.-La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.

Badajoz, 25 de octubre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Informes
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