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Concurso de acreedores Alongar Gestion Inmobiliaria Sl

El 18-05-2015, Alongar Gestion Inmobiliaria Sl, en EL ALAMO (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B84379379. La actividad (principal) de Alongar Gestion Inmobiliaria Sl es construcción de edificios.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Alongar Gestion Inmobiliaria Sl
Localidad:
EL ALAMO
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B84379379
Número de insolvencia:
B84379379
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DEL CIRUELO 1
28607 EL ALAMO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
18-06-2015
A150025582
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la LC, anuncia:

1.º Que en el procedimiento n.º 657/14 por auto de fecha 18/05/15 se ha declarado en concurso Voluntario Abreviado al deudor ALONGAR GESTIÓN INMOBILIARIA, S.L., con CIF: B-84379379, con domicilio en C/ Madrid, 85, 4.ª planta, Getafe-Madrid.

2.º Que los deudores conservan las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación.

Lugar para tal comunicación:

1. Por presentación o remisión a la dirección: administrador concursal D. ENRIQUE VEGA PITA con domicilio a efectos de comunicación de créditos en Plaza de España, 6, 6.ºF, de Madrid.

2. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

Dirección de correo electrónico: enriquevega@goliat.net

En el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC), en escrito dirigido al Juzgado.

5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es

Madrid, 26 de mayo de 2015.- El Secretario judicial.

Informes
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