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Concurso de acreedores Processos Ceramics Sll

El 18-02-2016, Processos Ceramics Sll, en LA LLAGOSTA (Barcelona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es B65020752. La actividad (principal) de Processos Ceramics Sll es fabricación de otros productos minerales no metálicos.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Processos Ceramics Sll
Localidad:
LA LLAGOSTA
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B65020752
Número de insolvencia:
B65020752
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CADAQUES 37
08120 LA LLAGOSTA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
21-03-2016
A160012335
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Doña Margarita Marquina Castells, letrada de la Administracion de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y Provincia.

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 86/2016 en el que se ha dictado con fecha 18/02/2016 auto declarando en estado de concurso a la entidad PROCESSOS CERAMICS S.L.L. con CIF B-65020752 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2016-8000760

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: PROCESSOS CERAMICS, S.L.L., con domicilio en calle Cadaqués, n.º 37, de La Llagosta (Barcelona).

Administrador concursal: FERRANDIZ ABOGADOS, S.L.P., con domicilio en Travessera de Gracia, n.º 17-21, 3.º, 3.ª, 08021 Barcelona. Tel. 93 362 41 14, Fax 93 269 22 57, con correo electrónico administracionconcursal@ferrandiz-abogados.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del titulo o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 8 de marzo de 2016.- La Letrada de la Administracion de Justicia.

Informes
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