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Concurso de acreedores Mora Golf & Country Club Sl

El 30-09-2015, Mora Golf & Country Club Sl, en MADRID (Madrid) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B92751197. La actividad (principal) de Mora Golf & Country Club Sl es construcción de edificios.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Mora Golf & Country Club Sl
Localidad:
MADRID
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B92751197
Número de insolvencia:
B92751197
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
PRIES, 32 - 1 3 0
29016 MALAGA
Mostrar en tarjeta
-
CL :
VELAZQUEZ 57
28001 MADRID
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
15-10-2015
A150043277
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 570/2015, por auto de 30 de septiembre de 2015 se ha declarado en concurso al deudor Mora Golf & Country Club, S.L., CIF B-92751197, con domicilio en Madrid, C/ Velázquez número 57, con domicilio en cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, Don Joaquín Arbona Prini, con domicilio en C/Conde Vilches n.º 20 3.ª planta Madrid 28028, Tfno: 955 925 121, Fax: 954 659 660 y correo electrónico arbona.joaquin@gmail.com, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 2 de octubre de 2015.- Secretario Judicial.

Informes
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