E d i c t o
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia,
Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 372/2015 en el que figura como concursada Edersal S.A., CIF A20131819, se ha dictado el 09.03.16 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por haber finalizado la fase de liquidación.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Asimismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
San Sebastián, 9 de marzo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n. 1 de Donostia-San Sebastián,
Anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 372/2015-B por auto de 13/5/2015 se ha declarado en concurso voluntario al deudor EDERSAL, S.A., con CIF: A20131819, con domicilio en Gabiria y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Gabiria.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que la administración concursal está integrada por Dª Silvia Zarco Fernández, con domicilio en c/ San Bartolomé, 1-1º izda, CP 20007 Donostia-San Sebastián, teléfono 943-44.20.89 y dirección electrónica: szarco@zarcozozaya.com
4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Donostia-San Sebastián, 26 de junio de 2015.- El Secretario Judicial.