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Concurso de acreedores terminado Krotair Clima Sa L

El 02-06-2015, Krotair Clima Sa L, en MERIDA (Badajoz) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BADAJOZ. El número de insolvencia de esta empresa es A06203426. La actividad (principal) de Krotair Clima Sa L es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Krotair Clima Sa L
Localidad:
MERIDA
Provincia:
Badajoz
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A06203426
Número de insolvencia:
A06203426
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
LOGROÑO, NAVE 10-11 0
06800 MERIDA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
20-12-2019
A190072058
 
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Doña Lucia Peces Gómez Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia:

Que en la Sección I Declaración Concurso 247/15 seguido en este órgano judicial, a instancia de la Procuradora Sra. Marta Gerona del Campo, en nombre de Krotair Clima, SAL, con CIF A06203426 se ha dictado Auto n.º 193/19 de fecha 5 de diciembre de 2019, cuyo fallo es del contenido literal siguiente:

1. Declarar la conclusión del concurso Krotair Clima SAL con CIF A06203426, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.

2. Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.

3. Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.

4. La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.

5. Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por D. Tomás Seco Rubio, cuyo cese se declara

Badajoz, 5 de diciembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Lucia Peces Gómez.

02-07-2015
A150029759
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1, de Badajoz, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 247/2015, se ha dictado en fecha 2-06-2015 Auto de Declaración de concurso voluntario del deudor Krotair Clima, S.A.L., con CIF: A-06203426, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Mérida, Polígono Industrial el Prado, semillero de empresas, nave 10.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a Tomás Seco Rubio, con domicilio postal en C/ Paseo de San Vicente, 4, de Cabeza del Buey, y dirección electrónica señalada concursalkrotairclima@tsasesores.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fín.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC), sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral.

Badajoz, 16 de junio de 2015.- La Secretaria judicial.

Informes
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