El Juzgado mercantil nº 9 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35.1 del Texto refundido de la Ley concursal,
Hace saber: En el procedimiento 56/15 se ha dictado auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de ASOCIACIÓN SEMILLA PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL con CIF G28766251 y con domicilio en Paseo Alberto Palacios (Madrid).
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Madrid, 8 de febrero de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Gustavo Adolfo Carasa Antón.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia
1.º-Que en el procedimiento número 56/2015, por auto de 26/03/2015 se ha declarado en concurso voluntario al deudor ASOCIACIÓN SEMILLA PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL, con domicilio en Paseo Alberto Palacios, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid.
2º.-Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal.
3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal designada.
Don Cristian Vidal Castañón, Abogado, con domicilo en C/ General Moscardó, 27, apt 708, 28020 Madrid. Tlfno 912203197, fax: 911237757, email: cvidal@intervenciónlegal.com, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración de concurso.
4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Madrid, 30 de marzo de 2015.- Secretario judicial.