Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 871/2014, referente al concursado Promoción y Desarrollo Carloteño, S.A., con CIF A14464994, por resolución de fecha 9 de octubre de 2015, se ha acordado lo siguiente:
Aprobar el plan de liquidación realizado por la administración concursal en los términos en que se ha presentado.
Se acuerda asimismo formar la sección sexta de calificación, del concurso, lo que se anunciará por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Córdoba, 9 de octubre de 2015.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba,
Anuncia
Que en el procedimiento concursal Concurso Ordinario 871/2014 referente al concursado Promociones y Desarrollo Carloteño, S.L., con CIF n.º A14464994, por Auto de fecha 13 de mayo de 2015 se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del convenio a petición del deudor.
2. Mantener la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la entidad Promoción y Desarrollo Carloteño, S.L., cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.
Córdoba, 13 de mayo de 2015.- El/la Secretario/a judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 871/2014, referente al deudor Promoción y Desarrollo Carloteño, S.A., con CIF nº A14464994, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.- La presentación del informe de la administración concursal y de la documentación complementaria notifíquese a quienes se hayan personado en el concurso y publíquese en el tablón de anuncios del Juzgado durante diez días.
Córdoba, 24 de marzo de 2015.- El/La Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1. Que en el procedimiento número 871/2014, con NIG 1402142M20140000914 por auto de 24 de noviembre de 2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Promoción y Desarrollo Carloteño, S.A. con CIF n.º A14464994, con domicilio en avenida de Carlos III, 50, La Carlota (Córdoba) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en La Carlota (Córdoba).
2. Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal.
3. Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada han sido Concurlex Consulting, S.L.P., con domicilio postal en calle Alhaken II, n.º 10, 3.º 3, Córdoba y dirección electrónica la siguiente: concursoprodecar@concurlex.com.
El representante legal de la entidad designa como persona física que ejercerá el cargo de Administrador concursal a don Francisco Fedriani Herrera con DNI n.º 30513550W.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Córdoba, 8 de enero de 2015.- El/La Secretario judicial.